DECRETO 1356 1997
Síntesis:
TÉCNICOS Y AUXILIARES TÉCNICOS DE LA SALUD. MODIFÍCASE EL ANEXO Y EL DECRETO N° 305-97 (B.O. N° 169)
Publicación:
06/11/1997
Sanción:
30/09/1997
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 305-97 (B.O. N° 169), mediante el cual se establece una modificación en la categoría de ingreso del personal que se desempeña en funciones de Técnicos y Auxiliares Técnicos de la Salud, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado ordenamiento se incorporaron a los términos del Decreto N° 670-92, el Nivel y Grado para el ingreso del personal que reviste en las funciones antes referida;
Que es menester modificar el Anexo I de dicha norma legal a fin de incorporar en el mismo la función de Instrumentador /a Quirúrgico /a;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, artículo 104, inciso 9°) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1° - Modifícase en Anexo I del Decreto N° 305-GCBA-97, incluyendo en el mismo la siguiente función:
337 Instrumentador /a Quirúgico /a
Art. 2° - La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de Planificación Presupuestaria arbitrará los recaudos pertinentes a fin de atender el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto.
Art. 3° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.
Art. 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos.