RESOLUCIÓN 150 2019 SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES Y NUEVAS AUDIENCIAS

Síntesis:

SE DEROGA - RESOLUCIÓN 2801-SSPCUL-07 - INSTRUCTIVO - BIBILIOTECAS POPULARES - SUBSIDIOS - SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES Y NUEVAS AUDIENCIAS

Publicación:

07/08/2019

Sanción:

28/03/2019

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES Y NUEVAS AUDIENCIAS


VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria N°

5.960, la Ley N° 2.035, los Decretos N° 363/15 y modificatorios, el Decreto N°

1.257/07, la Resolución N° 2.801-SSPCUL/07 y el Expediente Electrónico N°

31096827-DGLBYPL/19, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, estableciendo que los Ministros, Secretarios y

Subsecretarios del Poder Ejecutivo colaboran con el Jefe de Gobierno en sus

funciones;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla al Ministerio de Cultura;

Que en virtud del artículo 12 de la citada Ley son funciones comunes de todas las

Secretarías y Subsecretarías la de dirigir, supervisar, coordinar y ejecutar todas las

acciones relacionadas con la función específica de su área;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicho Decreto contempló bajo la órbita del Ministerio de Cultura a la Dirección

General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura dependiente de la

Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias;

Que dentro de las funciones asignadas a Dirección General del Libro, Bibliotecas y

Promoción de la Lectura se encuentran las de "Actuar como autoridad de aplicación de

la Ley N° 2035 de promoción y fomento de las bibliotecas populares en el territorio de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que por su parte, la Ley N° 2.035 tiene por objeto la protección, el desarrollo y

fomento de las Bibliotecas Populares en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que por Decreto N° 1.257/07 se reglamentó la mencionada ley;

Que el artículo 2°, inc.VIII) del decreto, encomienda a la Dirección General del Libro,

Bibliotecas y Promoción de la Lectura (DGLByPL) la función de "disponer la

aprobación de los formularios, instructivos y procedimientos complementarios, así

como las acciones tendientes al ejercicio de las funciones encomendadas";

Que asimismo mediante Resolución N° 2801/SSPCUL/2007, la entonces

Subsecretaría de Patrimonio Cultural, superior inmediata de la Dirección General del

Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura, por vía de la avocación, aprobó los

formularios a fin de viabilizar la correcta ejecución de la Ley N° 2035;

Que atento el transcurso del tiempo es dable entender que la experiencia, los nuevos

mecanismos administrativos de gestión de expedientes, y otros puntos atinentes al

tema, devienen en la necesidad de mejorar los mismos, estableciendo un nuevo

instructivo que permitan la agilización del trámite;

Que siendo esta Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias, la

sucesora de la ex Subsecretaría de Patrimonio Cultural, corresponde dictar el

pertinente acto administrativo que derogue la Resolución N° 2801/SSPCUL/2007;

Por ello, conforme las facultades conferidas;

LA SUBSECRETARIA

DE POLITICAS CULTURALES Y NUEVAS AUDIENCIAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Derógase la Resolución N° 2801/SSPCUL/2007 por los motivos expuestos

en el exordio.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

comuníquese a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura a

efectos de tomar intervención en los temas de su competencia, de conformidad con lo

establecido en el artículo 2°, inc.VIII) del Decreto N° 1.257/07. Blasco

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolucion 150-SSPCNA-19 deroga la Resolucion 2801-SSPCUL-07.</p>