ACTA 2019 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

ACTA - UNIDAD EJECUTORA DE ESTADIOS DE FÚTBOL - SE DESIGNAN - MIEMBROS TITULARES - GUSTAVO MAY - OSVALDO ALONSO - DIEGO PÉREZ LORGUEILLEUX - DIEGO CEPEDA - MIEMBROS SUPLENTES - DANIEL GREGHI - PATRICIO AULD - MARIO PERMAN - PABLO RAGO - SE DESIGNA - COORDINADOR - EUGENIO TOURN - SE ESTABLECE - REPRESENTANTE DE LA UNIDAD EJECUTORA - ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL - PODRÁ ALTERNAR ENTRE SUS MIEMBROS - ORGANIZACIÓN - FUNCIONES DE LOS MIEMBROS - FUNCIONES DEL COORDINADOR - FUNCIONES DEL REPRESENTANTE - CONTENIDO DEL INFORME

Publicación:

16/08/2019

Sanción:

07/08/2019

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 7 del mes de agosto de 2019, se reúnen en la AgenciaGubernamental de Control sita en Tte. Gral. J. D. Perón 2933, los señores Gustavo May, Osvaldo Alonso,Diego Pérez Lorgueilleux y Diego Cepeda, en carácter de miembros de la Unidad Ejecutora de Estadios deFútbol conforme artículo 8° de la Ley N° 5.847 (Régimen Integral para Eventos Futbolísticos de la CiudadAutónoma De Buenos Aires, según texto consolidado Ley N° 6.017), con el objeto de desarrollar elsiguiente Orden del Día:

Primer Punto del Orden del Día: constitución de la Unidad Ejecutora.

Segundo Punto del Orden del Día: designación del coordinador.

Tercer Punto del Orden del Día: designación del representante ante el Comité de Seguridad en el Fútbol.

Cuarto Punto del Orden del Día: organización de la Unidad Ejecutora.

Quinto Punto del Orden del Día: funciones de los miembros.

Sexto Punto del Orden del Día: funciones del coordinador.

Séptimo Punto del Orden del Día: funciones del representante.

Octavo Punto del Orden del Día: contenido del informe.

Noveno Punto del Orden del Día: elevación del acta.

Preside la reunión el Sr. Diego Pérez Lorgueilleux quien, luego de constatar la presencia de quorum,declara válidamente constituida la reunión y abierta la sesión poniendo a consideración el Primer Puntodel Orden del Día: constitución de la Unidad Ejecutora. Corresponde designar como miembros titulares dela Unidad Ejecutora de Estadios de Fútbol conforme artículo 8° de la Ley N° 5.847 a los Señores GustavoMay, Osvaldo Alonso, Diego Pérez Lorgueilleux y Diego Cepeda, y como miembros suplentes a losSeñores Daniel Greghi, Patricio Auld, Mario Perman y Pablo Rago.

A continuación se pasa a considerar el Segundo Punto del Orden del Día: designación del coordinador.Corresponde designar como coordinador de la Unidad Ejecutora, a los efectos de presidir las reuniones,realizar y confeccionar las actas, convocar las reuniones una vez por mes, y demás gestiones administrativasinternas, al Sr. Eugenio Tourn, DNI 28.157.918.

Consiguientemente se considera el Tercer Punto del Orden del Día: designación del representante ante elComité de Seguridad en el Fútbol. Se establece que el representante de la Unidad Ejecutora podrá alternarentre sus miembros titulares o suplentes, dependiendo la disponibilidad de los mismos. De tal manera,queda asentado que su asistencia a las reuniones llevadas a cabo por el Comité de Seguridad es de carácterobligatoria.

Cuarto Punto del Orden del Día: organización de la Unidad Ejecutora. Se establece que, a los efectos dellevar a cabo sus funciones, la Unidad Ejecutora podrá:

a) requerir a los estadios los informes técnicos y de seguridad con la correspondiente documentación a losefectos de acreditar el correcto funcionamiento de los mismos;

b) solicitar las inspecciones a los estadios de fútbol necesarias para verificar las condiciones de seguridad,higiene y funcionamiento;

c) evaluar los informes de inspección y los informes de seguridad y técnicos presentados por los estadios;

d) informar al Comité de Seguridad en el Fútbol, las medidas a adoptar por los estadios relacionados alfuncionamiento de los mismos;

e) elaborar un informe escrito sobre las condiciones de higiene, seguridad y funcionamiento de cadaestadio, para ser presentado ante el Comité de Seguridad en el Fútbol, suscripto por los miembros titularesy/o suplentes respecto de las competencias correspondientes a la Dirección General que representa cadauno;

f) requerir, para la formación del quorum, la mayoría absoluta de sus miembros.

Corresponde entonces tratar el Quinto Punto del Orden del Día: funciones de los miembros. Se estableceque, a los efectos de llevar a cabo sus funciones, los miembros podrán:

a) estudiar y evaluar los informes inspectivos, técnicos y de seguridad, como así también elaborar lasconclusiones a los efectos de confeccionar los informes finales correspondientes;

b) asesorar y poner en conocimiento del comité de seguridad en el fútbol en relación a temas vinculadoscon las misiones y funciones de sus respectivos organismos;

c) todos los miembros titulares y/o suplentes y/o el coordinador podrán participar de las inspecciones que serealicen a los estadios;

d) cualquiera de sus miembros titulares y/o suplentes de la Unidad Ejecutora, podrán participar en lasreuniones que sean convocadas por el Comité. Asimismo, también podrá concurrir el coordinador de lamisma.

Seguidamente se pone en consideración el Sexto Punto del Orden del Día: funciones del coordinador. Seestablece que, a los efectos de llevar a cabo sus funciones, el coordinador podrá:

a) definir y llevar a cabo el calendario de inspecciones;

b) coordinación administrativa de las inspecciones, indicando y fundamentando, el tipo de inspección arealizar, solicitando a las Direcciones Generales que correspondan, la designación de los inspectores queintervendrán en las mismas;

c) coordinar con los estadios día y hora de las inspecciones procurando la presencia del personal necesariopara facilitar las mismas;

d) será responsable de la comunicación con los estadios, a los efectos de la presentación de documentacióny toda otra actividad relativa a los trámites que deban realizar ante la Agencia Gubernamental de Control.Sin perjuicio de aquellas notificaciones emanadas de cada Dirección General en el ejercicio de las misionesy funciones que le son propias;

e) colaborar con los miembros de la Unidad Ejecutora en la elaboración de informes.

Asimismo, pasa a tratarse el Séptimo Punto del Orden del Día: funciones del representante ante elComité de Seguridad en el Fútbol. El representante de la Unidad Ejecutora informará al Comité deSeguridad en el Fútbol, en cumplimiento del artículo 8° del Anexo del Decreto N° 178/19, las condicionesde funcionamiento de los estadios que tengan partido en la semana correspondiente a la reunión, como asítambién respecto a cualquier información que crea conveniente y que haga a cuestiones de seguridad,higiene y funcionamiento de los estadios en general.

Por tanto, corresponde poner en consideración el Octavo Punto del Orden del Día: contenido del informe.La Unidad Ejecutora elaborará un informe escrito, por única vez, sobre las condiciones de higiene,seguridad y funcionamiento de cada estadio, para ser presentado ante el Comité de Seguridad en el Fútbol.

Dicho informe se elaborará una sola vez, sobre la base del informe técnico y de seguridad previsto en elartículo 17 de la Ley N° 5.847, y los informes inspectivos desarrollados por las áreas de fiscalización.

El mismo será elaborado conforme se expone a continuación:

a) Informe Técnico: se presentará una vez al año. Deberá presentarse un nuevo informe en caso que existanmodificaciones que afecten la edificación e instalaciones de estadio, sobre las condiciones de higiene yseguridad;

b) Informe de Seguridad: Se presentará por única vez, salvo modificaciones en las condiciones edilicias,usos de los locales y/o de las instalaciones del estadio. La documentación a presentar tendrá carácter dedeclaración jurada y estará suscripta por cada profesional responsable interviniente con incumbencia en lamateria, matriculado en el respectivo Consejo Profesional y la encomienda profesional correspondiente;refrendados por el Jefe de Seguridad del estadio;

c) deberá estar acompañado por la siguiente documentación: a) certificado de aptitud técnica de lascondiciones edilicias del estadio; b) certificado de mantenimiento y conservación de las instalacioneseléctricas; c) sistema de autoprotección en cumplimiento de la Ley N° 5.920;

d) plano de arquitectura de las obras efectivamente construidas con plantas, cortes, vistas y detallesconstructivos, cotas en los locales, identificación de los mismos, etc., que contendrá además el cálculo decapacidad sectorizado, cálculo de los medios de salida y los servicios sanitarios, con detalle de las graderíasy las plateas; instalación fija contra incendio; ubicación de las salas de máquinas, calderas, gruposelectrógenos, subestación trasformadora; medidores de gas; ubicaciones de las jabalinas de puesta a tierra;pararrayos.

Se presentará en papel o en formato digital DWG y/o PDF, con código de colores y deberá respetar losformatos y normas de proyecto y cálculo contenidas en el Código de Edificación (Ley N° 6.100).

Aquellos que no se encontraren registrados ante el órgano competente serán igualmente aceptados yevaluados teniendo en cuenta idénticos parámetros;

e) para cada instalación se deberá presentar una memoria técnica descriptiva, donde deberá figurar laempresa o responsable del mantenimiento, así como información acerca de la totalidad de los parámetrosque definen a cada una, como capacidades de calderas y/o termotanques, potencia eléctrica del o losgeneradores, capacidad de los tableros eléctricos y todo otro dato de relevancia. La Unidad Ejecutora podrádefinir el detalle de la información a presentar en cada caso;

f) para el caso de que el estadio posea ascensor y/o montacargas y/o poseer escaleras mecánicas y/o rampasmecánicas, deberá marcar su ubicación, tipo de maniobra, capacidad de carga en Kg, velocidad en m/min,voltaje, tipo de puertas, acreditar la empresa mantenedora, la patente de la misma y seguro deresponsabilidad civil contra terceros vigente;

g) plan de trabajo sectorizado con el detalle de cumplimiento del artículo 25 de la Ley N° 5.847, con losporcentuales anuales establecidos para la colocación de asientos individuales en las graderías.

El plano y las memorias descriptivas se presentarán por única vez, salvo modificaciones en las condicionesedilicias, usos de los locales y/o de las instalaciones del estadio.

En el supuesto de modificarse las condiciones del estadio en cuanto a funcionamiento, seguridad,capacidad, medios de salida y/o evacuación, habilitación de nuevas tribunas, cambios estructurales ocualquier otra modificación, se elevará un nuevo informe ante el Comité de Seguridad en el Fútbol, aconsideración de la Unidad Ejecutora o del Comité de Seguridad.

Finalmente, se da tratamiento al Noveno Punto del Orden del Día: elevación del acta. Los miembrosprestando conformidad a los puntos del orden del día tratados, solicitan al Sr. Ricardo Raúl Pedace,Director Ejecutivo de la Agencia Gubernamental de Control designado por Decreto N° 16-AJG/2017, laaprobación de la presente acta, conforme el artículo 8 ° del Anexo del Decreto N° 178/19.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión del día indicado en el encabezado previaaprobación de la presente acta.

El texto de la presente Acta se encuentra visible como anexo de la Resolución que la aprueba.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Cuarto Punto del Acta del 7-8/19 de la Unidad Ejecutora de Estadios de Fútbol, establece la organización de la Unidad Ejecutora, según lo previsto por Anexo Art. 8 del Decreto 178-19.</p>
APROBADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion 351-AGC-19 aprueba el acta de la Unidad Ejecutora de Estadios de Fútbol.</p>