RESOLUCIÓN 1855 2019 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APRUEBA ACTUALIZACIÓN - MONTO SUBSIDIO A PERCIBIR POR CURSANTES - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN CON SUBSIDIO - FORMACIÓN DE PROMOTORES DE SALUD - AGENTES SANITARIOS DESDE UNA PERSPECTIVA DE DERECHOS EN LOS EQUIPOS DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD - FORMACIÓN DE AGENTES SANITARIOS - ATENCIÓN PRIMARIA - HOSPITALES - PERSONAL - ACTUALIZACIÓN
Publicación:
09/08/2019
Sanción:
05/08/2019
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: Las Leyes Nros. 153 y 4.679, la Resolución N° 313/GCABA-MSGC/2019, la
Disposición N° 17/DGSCOM/2018 y el Expediente Electrónico N° 22260046/GCABA-
DGSCOM/2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Básica de Salud N° 153 y sus modificatorias establece que el subsector
estatal de salud se organiza y desarrolla conforme a la estrategia de atención primaria,
con la constitución de redes y niveles de atención, jerarquizando el primer nivel;
Que, asimismo mediante Ley N° 4679 se creó el programa de "Formación de Agentes
Sanitarios "a dictarse en efectores de salud dependientes de este Ministerio de Salud
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, orientado al fortalecimiento de las acciones
de prevención y promoción de la salud;
Que dicho programa está destinado tanto a personas surgidas de comunidades
vulnerables, a las cuales les interese desarrollar tareas de atención primaria contando
con recursos personales y nivel de formación, y a personal que se desempeñe en el
Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires preferentemente en Centros de Salud
y Servicios de Medicina Preventiva y que deseen incrementar su nivel de formación de
Prevención Primaria, impartiendo conocimientos teórico-prácticos, brindando
formación e información sobre prevención de las enfermedades prevalentes y
adquisición de habilidades y destrezas en la aplicación de procedimientos básicos de
atención de la salud;
Que, en este orden de ideas, el Plan de Salud 2016-2019 propone la construcción de
una red de cuidados integrales y progresivos basado en las necesidades y
participación de la comunidad; Que el Plan de Salud fortalece la conformación de
Equipos de Salud en los centros, con una propuesta de abordaje territorial y de
responsabilidad poblacional. Este enfoque se dirige, entre otros elementos, a
garantizar la accesibilidad al sistema en el territorio, base del derecho a la salud;
Que el enfoque de promoción de la salud busca generar transformaciones en los
procesos de toma de decisiones que favorezcan el bienestar de las personas y
familias, fortaleciendo la participación comunitaria y reconociendo las estrategias que
la comunidad tiene sobre el proceso salud - enfermedad - atención - cuidado;
Que se consideró necesaria la creación de una nueva capacitación dentro del ámbito
de trabajo de los equipos, profundizando los conocimientos, e instrumentando lo
contemplado en la Ley N° 4.679, y reconociendo como antecedente el curso creado
por Disposición N° 17/DGSCOM/2018; Que, de ese modo, se creó por Resolución N°
313/GCABA-MSGC/2019, el Programa de Capacitación con subsidio "FORMACIÓN
DE PROMOTORES DE SALUD / AGENTES SANITARIOS DESDE UNA
PERSPECTIVA DE DERECHOS EN LOS EQUIPOS DE SALUD" en el marco de la
Dirección General Salud Comunitaria;
Que, tal como establece en sus considerandos la Resolución N° 313/GCABA-
MSGC/2019, las modalidades de capacitación en servicio implican un compromiso
horario, una serie de responsabilidades y tareas a desarrollar, y que las tareas en las
que se propicia la formación de Promotores- Agentes Sanitarios son de importancia
para la Salud Pública y se encuentran dentro del marco del Plan de Salud, y que se ha
determinado como necesario- los fines de fortalecer y facilitar el itinerario formativo- la
instrumentación de un subsidio específico para esta propuesta de formación";
Que, a los fines de preservar el efecto deseado de fortalecimiento y facilitación del
itinerario formativo del Programa de Capacitación con subsidio, resulta necesario
contemplar actualizaciones del monto del subsidio, adecuándose a las modificaciones
del contexto en el que se desarrolla la cursada;
Que dicha actualización se halla prevista dentro del Anexo II (IF-2018-34328697-
DGSCOM) de la Resolución N° 313/GCABA-MSGC/2019, donde se establece que "el
subsidio será de un monto de $ 10.000 (pesos diez mil) a devengar mensualmente
durante el período de capacitación. Este monto podrá ser actualizado por resolución
ministerial";
Que en el contexto actual se verifica la necesidad de actualizar el monto del subsidio,
considerando entre otros elementos las modificaciones en las pautas salariales y las
proyecciones de inflación del año en curso;
Que la propuesta de actualización del subsidio propiciada por la Dirección General de
Salud Comunitaria cuenta con los avales de la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional, y Dirección General Administrativo Contable y
Presupuesto ha informado que la presente gestión tiene reflejo presupuestario en la
partida correspondiente, según consta en los informes del expediente de referencia de
la presente actuación.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébese una actualización del monto de subsidio a percibir por los
cursantes del Programa de Capacitación con subsidio "FORMACIÓN DE
PROMOTORES DE SALUD / AGENTES SANITARIOS DESDE UNA PERSPECTIVA
DE DERECHOS EN LOS EQUIPOS DE SALUD" creado por Resolución N°
313/GCABA-MSGC/2019.
Artículo 2°. - La actualización se realizará en dos etapas, a efectivizarse en julio y
octubre de 2019. A partir del 1° julio de 2019, el monto total mensual del subsidio a
percibir se establece en pesos doce mil ($ 12.000) y, a partir del 1° de octubre de 2019,
dicho monto se establece en pesos catorce mil ($ 14.000).
Las cifras expresadas indican el monto final del subsidio a percibir a partir de las
fechas mencionadas, y no son acumulativas. La percepción del subsidio implica que
se den las condiciones para percibirlo, que se plasman en la Resolución N°
313/GCABA-MSGC/2019 y sus anexos.
Artículo 3°.- El subsidio del Programa de Capacitación con Subsidio y los incrementos
dispuestos en el Artículo 1° y 2° encuentran reflejo presupuestario en el Programa 66
"Docencia e Investigación" Actividad 34, Partida 5.1.3.2, fuente de financiamiento 11
Transferencia Becas y Otros Subsidios.
Artículo 4°.- Establézcase que los alcanzados por la actualización del subsidio son
tanto los cursantes actuales como aquellos de los que eventualmente pudieran
incorporarse si ocurriera un llamado a concurso a partir de la generación de
disponibilidades de vacantes. El cronograma de actualización del subsidio en caso de
incorporación de nuevos cursantes seguirá las fechas establecidas en la presente.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la
página Web del Gobierno de la Ciudad y, para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General Salud Comunitaria, a la Dirección General Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional y a la Dirección General Administrativo Contable
y Presupuesto. Cumplido, archívese. Bou Pérez