RESOLUCIÓN 189 1997 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO ENTRE LA COMISÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA EMPRESA PLANOBRA S.A.

Publicación:

17/11/1997

Sanción:

29/01/1997

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 62-CVDExMCBA-96 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96, y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado tramita la presentación que la empresa Planobra S.A. hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevee en su artículo 14 el procedimiento a seguir con respecto a las obligaciones derivadas de prestaciones en ejecución, devengadas a partir del 1° de agosto de 1996;

Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizado, la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 3 de enero de 1997 la empresa en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalídad de la deuda verificada que asciende a pasos quinientos noventa y un mil quinientos doce con treinta y seis centavos ($ 591.512,36);

Que con fecha 14 de enero de 1997 la empresa Planobra S.A. acepta la opción consistente en una deducción del 30% (treinta por ciento) sobre el monto total verificado cuyo pago se efectuaría en 2 (dos) cuotas iguales con vencimientos el 1° de marzo y el 1° de abril de 1997 respectivamente;

Que a los 16 días del mes de enero de 1997 y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a labrar el acta correspondiente;

Que la Subsecretaría de Procuración General se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 8° de la citada norma;

Por lo expuesto y en cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96, en su artículo 9°,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 16 de enero de 1997, por la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la empresa Planobra S.A., que como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Art. 2° - Notifíquese a la Dirección General de Contaduría General a los efectos de los artículos 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase pa ra su conocimiento y demás fines a las Direcciones Generales de Planificación Presupuestaria, Contaduría General, Tesorería General y a la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de Cíudad de Buenos Aires.


ANEXOS

ACTA ACUERDO

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 16 días del mes de enero de 1997 se reúnen, la Comisión de verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante “La Comisión" por una parte y el señor Silvio Ismael Gueilburt en representación de la firma Planobra S.A., en adelante “El Acreedor", titular de los contratos correspondientes a que suscribiera con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, por la otra.

Antecendentes: "El Acreedor" solicitó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el procedimiento establecido en el Decreto N° 225-GCBA-96.

Cumplidas las intervenciones previstas en el Decreto mencionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el artículo 7° de aquella norma, la que deberá ser aprobada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:

Artículo 1° - En el Anexo I de la presente, se detalla la suma considerada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente Acuerdo, la cual asciende a pesos quinientos noventa y un mil quinientos doce con treinta y seis centavos ($ 591.512,36).

Artículo 2° - "El Acreedor” ha aceptado la propuesta oportunamente efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, aceptando la opción consistente a una deducción del treinta por ciento (30%) sobre el monto consignado en el artículo anterior.

Artículo 3° - En consecuencia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a “El Acreedor"el importe de: pesos cuatrocientos catorce mil cincuenta y ocho con sesenta y cinco centavos ($ 414.058,65) por los conceptos correspondientes al inciso a) del artículo 14 del Decreto N° 225-GCBA-96. Asimismo las partes acuerdan que la referida deuda será abonada en dos cuotas iguales, de pesos doscientos siete mil veintinueve con treinta y dos centavos ($ 207.029,32) cada una, con vencímiento al 1° de marzo y el 1° de abril de 1997 respectivamente. En la primera de ellas se descontará la retención del Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder.

Cada cuota se instrumentará con pagarés con cláusula "sin protesto” emitidos en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4° - Una vez aprobada la presente Acta Acuerdo mediante Resolución por parte del Secretario de Hacienda y Finanzas, se procederá a abonar el 100% de la prestación.

Desde la firma del presente convenio y hasta la fecha en que quede debidamente aprobada el Acta Acuerdo mediante resolución del Secretario de Hacienda y Finanzas, se seguirán efectuando pagos a cuenta conforme al Decreto N° 225-GCBA-96.

Los saldos pendientes de cancelación que se devenguen durante este período que media entre la fecha de suscripción de los convenios y la Resolución aprobatoria de los mismos, se cancelarán íntegramente dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, computados a partir de esta última fecha.

Artículo 5° - "El Acreedor" expresamente consiente la liquidación formulada y la forma de pago acordada en la presente, desistiendo de cualquier otro reclamo administrativo o judicial que tenga relación con presuntas acreencias de la que se considere titular frente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aries y renuncias a las acciones y derechos respectivos.

Artículo 6° - Conforme lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, esta Acta Acuerdo se suscribe “Ad referendum" del señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

En prueba de conformidad, se fírman tres (3) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicadas.

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
art. 10 y 11