RESOLUCIÓN 1587 1997 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA ACTA ACUERDO CON LA EMPRESA MARULOS S.A.
Publicación:
04/04/1997
Sanción:
11/03/1997
Organismo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Visto el Registro N° 110-CVDExMCBA-96 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96, y,
CONSIDERANDO:
Que por el Registro mencionado tramita la presentación que la empresa Marulos S.A., hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 28 de enero de 1997 la empresa en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a pesos veintiocho mil setecientos treinta y siete ($ 28.737,00);
Que con fecha 31 de enero de 1997 la empresa Marulos S.A., acepta la opción consistente en una deducción del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el monto de la deuda verificada, en consecuencia se le reconoce en los términos del artículo 7° del Decreto N° 225-GCBA-96 la suma de pesos dieciocho mil seiscientos setenta y nueve c/ setenta y cinco centavos ($ 18.679,75) el cual será abonado en dieciocho (18) cuotas mensuales a partir del 1°-1-98 incluyéndose el devengamiento de intereses a una tasa del 6,7 por ciento (6.7%) desde el 6 de agosto de 1996 hasta la fecha de su efectivo pago;
Que a los 11 días del mes de marzo de 1997 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a labrar el acta correspondiente;
Que la Subsecretaría de Procuración General se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento de lo estipulado en el Art. 8° de la citada norma;
Por lo expuesto y en cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96, en su Artículo 9°,
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 11 de marzo de 1997, por la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la empresa Marulos S.A., que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.
Art. 2° - Notifíquese a la Dirección General de Contaduría General a los efectos de los Artículos 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.
Art. 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenós Aires y remítase para su conocimiento y demás fines a las Direcciones Generales de Planificación Presupuestaria, Contaduría General, Tesorería General y a la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
ANEXOS
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 11 días del mes de marzo de 1997 se reúnen, la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante La Comisión, con domicilio en Avenida de Mayo 525, Capital Federal, por una parte y la firma Marulos S.A., en adelante El Acreedor, titular de los contratos que suscribiera con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en Paraná 264, piso 7°, oficina 63, Capital Federal, y representada en este acto por la Sra. María Inés Guarella, en su carácter de presidente de la empresa, por la otra.
Antecedentes: El Acreedor solicitó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el procedimiento establecido en el Decreto N° 225-GCBA-96.
Cumplidas las intervenciones previstas en el Decreto mencionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el Artículo 7° de aquella norma, la que deberá ser aprobada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:
Artículo 1°: En el Anexo I, que suscripto por separado forma parte integrante de la presente, se detalla la suma considerada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente Acuerdo, la cual asciende a pesos veintiocho mil setecientos treinta y siete ($ 28.737,00).
Artículo 2°: El Acreedor ha aceptado la propuesta oportunamente efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, aceptando la opción consistente en una deducción del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el monto consignado en el artículo anterior.
Artículo 3°: En consecuencia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a "El Acreedor", en los términos del Artículo 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, la suma de pesos dieciocho mil seiscientos setenta y nueve c/setenta y cinco ($ 18.679,75), calculada al 6-8-96. Asimismo las partes acuerdan que la mencionada deuda devengará intereses a una tasa del 6,7 por ciento (6,7%), desde el 6 de agosto de 1996 hasta la fecha de su efectivo pago y el monto de deuda así determinado se abonará a partir del 1° de enero de 1998 en 18 cuotas mensuales consecutivas. En la primera de ellas se descontará la retención del impuesto a las ganancias e ingresos brutos, siendo las siguientes restantes en cuotas iguales y consecutivas. Cada cuota se instrumentará con pagarés con cláusula sin protesto emitidos en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a favor del acreedor y tendrán incorporados los intereses mencionados sobre saldos conforme al sistema francés de amortización.
Artículo 4°: El Acreedor expresamente consiente la liquidación formulada y la forma de pago acordada en la presente, desistiendo de cualquier otro reclamo administrativo o judicial que tenga relación con presuntas o reales acreencias de las que se considere titular frente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, originadas en períodos anteriores a la fecha de firma de la presente Acta, renunciando además expresamente a las acciones, y derechos respectivos.
Artículo 5°: Conforme lo dispuesto en el Artículo 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, esta Acta Acuerdo se suscribe "Ad referéndum" del señor Secretario de Hacienda y, Finanzas.
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados.
Carpeta | O.P. | Saldo | Mes Ejec. | Referencia |
C.4262-DGCG-96 | 3505-96 | 30.900 | Jun-96 | Reparación y puesta en marcha ascensores Hospital Rivadavia.- |
Por Disposición N° 675-SHyF-95 se deberá descontar la suma de $2.163.- en concepto de multa.