RESOLUCIÓN 3308 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

ELEVA MONTO - ART. 2° DECRETO 224-13 - CONTRATOS DE LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS - CONTRATACIÓN MODIFICACIÓN  EJECUCIÓN Y EXTINCIÓN DE CONTRATOS - MÓDULO LOYS -SADE - MONTO MÁXIMO - CONTRATOS DE SERVICIOS - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Publicación:

23/08/2019

Sanción:

20/08/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: El Decreto N° 224/13, la Resolución N° 2777-MEFGC-2018 y el EX-2019-

25613290-MGEyA-DGTALMEF y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 224/13 se estableció que "...la contratación, modificación,

ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de

Obras y Servicios deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE-";

Que mediante el artículo 2°, se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a

los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los

funcionarios/as con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de

pesos veinte mil ($ 20.000.-) mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad

presupuestaria;

Que por sucesivas normas se elevó el monto establecido en el artículo 2° del Decreto

N° 224/13;

Que la Resolución N° 2777-MEFGC-2018, elevó en último término el monto

establecido a la suma de pesos noventa mil ($ 90.000.-);

Que en los casos en que la contratación supere dicho monto, la misma deberá ser

autorizada mediante resolución conjunta suscripta por el/la titular de la jurisdicción

contratante y el/la titular del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que mediante el artículo 3° del decreto mencionado, se facultó al actual Ministro de

Economía y Finanzas a modificar el monto máximo hasta el cual se encuentran

autorizados a contratar las autoridades referidas anteriormente;

Que atento los incrementos salariales operados resulta necesario y oportuno elevar el

mencionado monto a la suma de pesos ciento quince mil ($ 115.000.-).

Por ello en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 224/13,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Elévase el monto establecido en el artículo 2° del Decreto N° 224/13 a la

suma de PESOS CIENTO QUINCE MIL ($ 115.000.-).

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder

Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración

General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de

Buenos Aires, a los Organismos Descentralizados y a los organismos Fuera de Nivel

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido. Archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución 3308-MEFGC-19 modifica monto establecido en art. 2 Decreto 224-13.</p>