RESOLUCIÓN 3313 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE ESTABLECE TOPE ANUAL A GASTAR DE FONDO ROTATORIO PARA LA POLICÍA DE LA CIUDAD

Publicación:

27/08/2019

Sanción:

20/08/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Estado:

No vigente


VISTO: El Decreto N° 491/18, reglamentado por la Resolución N° 97-MEFGC/19, la

Resolución N° 135-MEFGC/19, el Expediente N° 22.654.393-GCABA-DGALSE/19, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 491/18 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a las

Jurisdicciones y Organismos Descentralizados de la Administración Gubernamental y

sus correspondientes dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que a su vez el artículo 5° del Anexo de la referida norma determina que el Fondo

Rotatorio para la Policía de la Ciudad, "constituye una asignación reembolsable contra

rendición por el monto que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, destinado

a atender los pagos de erogaciones efectuadas únicamente por el personal con estado

policial de la Policía de la Ciudad, en atención de mandatos judiciales, custodia de

funcionarios o actos de colaboración con otras fuerzas de seguridad, cuyas

características especiales y naturaleza hagan necesario o aconsejable la atención

exclusiva, inmediata y oportuna de los gastos que involucren los procesos ordenados y

que no pudieran ser canalizados mediante ninguna de las modalidades de entregas de

fondos que en el presente decreto se mencionan";

Que asimismo el artículo 9° del Anexo estipula que es facultad del Ministerio de

Economía y Finanzas, entre otras, establecer para la modalidad de los fondos

rotatorios: a) el monto a asignar, b) condiciones de otorgamiento, utilización y

rendición;

Que por el Anexo III de la Resolución N° 97-MEFGC/19 se aprobó la reglamentación

del citado fondo de conformidad con los lineamientos aprobados en el Decreto;

Que en consecuencia, mediante el artículo 1° de la Resolución N° 135-MEFGC/19 se

fijó el monto del Fondo Rotatorio para la Policía de la Ciudad en la suma de PESOS

QUINIENTOS MIL ($ 500.000) y por su artículo 2° se determinó como tope anual a

gastar la suma equivalente a seis (6) veces el importe precitado;

Que por la actuación citada en el VISTO, la Sra. Secretaria de Administración de

Seguridad y Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad solicita la ampliación

del mencionado fondo, informando que la totalidad del mismo resultará insuficiente

hasta el final del ejercicio;

Que en virtud de lo expuesto y a fin de dar cumplimiento a las funciones neurálgicas

de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, resulta necesario ampliar el tope anual a

gastar.

Por ello y en uso de las facultades establecidas en el artículo 3° del Anexo III de la

Resolución N° 97/MEFGC/19,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Determínase como tope anual a gastar bajo la modalidad del Fondo

Rotatorio para la Policía de la Ciudad, la suma equivalente a diez (10) veces el importe

establecido en el artículo 1° de la Resolución N° 135-MEFGC/19, quedando en tal

sentido modificado el artículo 2° de la citada norma.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

comuníquese a la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias del

Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Dirección General de Contaduría y remítase a

la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad y Emergencias para su

conocimiento y demás efectos. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art.2  Resolución 5023-MEFGC-19, deja sin efecto Resolución 3313-GCABA-MEFGC-19.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1° de la Resolución N° 3313-MEFGC/19 determina como tope anual a gastar bajo la modalidad del Fondo Rotatorio para la Policía de la Ciudad, la suma equivalente a diez (10) veces el importe establecido en el artículo 1° de la Resolución N° 135-MEFGC/19, quedando en tal sentido modificado el artículo 2° de la citada norma.</p>