RESOLUCIÓN 135 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
FIJA MONTO - FONDO ROTATORIO - POLICÍA DE LA CIUDAD - DETERMINA - TOPE ANUAL A GASTAR - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Publicación:
22/01/2019
Sanción:
09/01/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Estado:
No vigente
VISTO:
el Decreto N° 491/18, la Resolución N° 97/MEFGC/19 y el Expediente N°
2.404.983/MGEYA/DGTALMEF/19 y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 491/18 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a las
Jurisdicciones y Organismos Descentralizados de la Administración Gubernamental y
sus correspondientes dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que el artículo 2° de dicho Decreto designa autoridad de aplicación del Régimen al
Ministerio de Economía y Finanzas, facultándolo para dictar las normas aclaratorias,
interpretativas, reglamentarias, complementarias y/o excepciones que hagan a la
ejecución del mismo;
Que a su vez el artículo 5° del Anexo de la referida norma determina que el Fondo
Rotatorio para la Policía de la Ciudad, "constituye una asignación reembolsable contra
rendición por el monto que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, destinado
a atender los pagos de erogaciones efectuadas únicamente por el personal con estado
policial de la Policía de la Ciudad, en atención de mandatos judiciales, custodia de
funcionarios o actos de colaboración con otras fuerzas de seguridad, cuyas
características especiales y naturaleza hagan necesario o aconsejable la atención
exclusiva, inmediata y oportuna de los gastos que involucren los procesos ordenados y
que no pudieran ser canalizados mediante ninguna de las modalidades de entregas de
fondos que en el presente decreto se mencionan";
Que asimismo el artículo 9° del Anexo estipula que es facultad del Ministerio de
Economía y Finanzas, entre otras, establecer para la modalidad de los fondos
rotatorios: a) el monto a asignar, b) condiciones de otorgamiento, utilización y
rendición;
Que mediante Resolución N° 97/MEFGC/19 se aprobó la reglamentación del citado
Decreto, de conformidad con los lineamientos aprobados en el mismo;
Que el artículo 3° del Anexo III de la mencionada Resolución establece que esta
Jurisdicción determinará el monto del Fondo Rotatorio para la Policía de la Ciudad y el
tope anual a gastar bajo esta modalidad;
Que en virtud de lo precedentemente expuesto, resulta oportuno dictar la norma que
fije el monto del Fondo Rotatorio para la Policía de la Ciudad y el tope anual a gastar.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° del Anexo del Decreto
N° 491/18,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE
Artículo 1°. Fíjase en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000), el monto del
Fondo Rotatorio para la Policía de la Ciudad.
Artículo 2°. Determínase como tope anual a gastar bajo la modalidad del fondo
rotatorio, la suma equivalente a seis (6) veces el importe establecido en el artículo 1°
de la presente.
Artículo 3°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
comuníquese a la Secretaria de Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia
y Seguridad y a la Dirección General de Contaduría. Mura