RESOLUCIÓN 4427 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE FIJA - MONTO DEL FONDO ROTATORIO - POLICÍA DE LA CIUDAD - TOPE ANUAL A GASTAR - FONDO ROTATORIO - SUMA - DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIONES NROS. 135-MEFGC/19 - 5023-GCABAMEFGC/19

Publicación:

21/10/2021

Sanción:

18/10/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


Resoluciones Nros. 135-MEFGC/19 y 5023-GCABA-MEFGC/19, el Expediente N°

31.243.178-GCABA-DGTALMHF/21, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 491/18 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a las

Jurisdicciones y Organismos Descentralizados de la Administración Gubernamental y

sus correspondientes dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que el artículo 5° del Anexo de la referida norma determina que el Fondo Rotatorio

para la Policía de la Ciudad, "constituye una asignación reembolsable contra rendición

por el monto que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, destinado a atender

los pagos de erogaciones efectuadas únicamente por el personal con estado policial

de la Policía de la Ciudad, en atención de mandatos judiciales, custodia de

funcionarios o actos de colaboración con otras fuerzas de seguridad, cuyas

características especiales y naturaleza hagan necesario o aconsejable la atención

exclusiva, inmediata y oportuna de los gastos que involucren los procesos ordenados y

que no pudieran ser canalizados mediante ninguna de las modalidades de entregas de

fondos que en el presente decreto se mencionan";

Que asimismo el artículo 9° del Anexo estipula que es facultad de este Ministerio,

entre otras, establecer para la modalidad de los fondos rotatorios: a) el monto a

asignar, b) condiciones de otorgamiento, utilización y rendición;

Que por el Anexo III de la Resolución N° 97-MEFGC/19 se aprobó la reglamentación

del citado fondo de conformidad con los lineamientos aprobados en el Decreto;

Que el artículo 3° del Anexo III de la mencionada Resolución establece que esta

Jurisdicción determinará el monto del Fondo Rotatorio para la Policía de la Ciudad y el

tope anual a gastar bajo esta modalidad;

Que en consecuencia, mediante el artículo 1° de la Resolución N° 135-MEFGC/19 se

fijó el monto del Fondo Rotatorio para la Policía de la Ciudad en la suma de PESOS

QUINIENTOS MIL ($ 500.000) y por su artículo 2° se determinó como tope anual a

gastar la suma equivalente a seis (6) veces el importe precitado;

Que posteriormente por Resolución N° 5023-GCABA-MEFGC/19, se determinó como

tope anual a gastar la suma equivalente a doce (12) veces el importe mencionado,

quedando en tal sentido modificado el artículo 2° de la Resolución N° 135-MEFGC/19;

Que mediante Nota N° 30661263-GCABA-MJYSGC/21, el Ministerio de Justicia y

Seguridad solicita una ampliación del mencionado fondo, toda vez que el monto como

así también, el tope anual a gastar, resultan insuficientes debido al aumento en las

tareas asignadas a la Policía de la Ciudad y al incremento de precios de los gastos

que con este fondo se solventan;

Que a su vez informa que es imprescindible contar con la liquidez necesaria para

hacer frente a los requerimientos judiciales, custodia de funcionarios y tareas propias

de la fuerza;

Que en virtud de lo expuesto y a fin de no resentir el cumplimiento a las funciones

neurálgicas de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, deviene necesario actualizar

los valores del Fondo Rotatorio;

Que conforme la actualización propiciada corresponde dejar sin efecto las

Resoluciones Nros. 135-MEFGC/19 y 5023-GCABA-MEFGC/19.

Por ello y en uso de las facultades establecidas en el artículo 3° del Anexo III de la

Resolución N° 97/MEFGC/19,

EL MINISTRO

DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.-Fíjase en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000), el monto del

Fondo Rotatorio para la Policía de la Ciudad.

Artículo 2°.- Determínase como tope anual a gastar bajo la modalidad del Fondo

Rotatorio para la Policía de la Ciudad, la suma equivalente a ocho (8) veces el importe

establecido en el artículo 1° de la presente.

Artículo 3°.- Déjase sin efecto las Resoluciones Nros. 135-MEFGC/19 y 5023-GCABA-

MEFGC/19.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

comuníquese, para su conocimiento y demás efectos, a la Subsecretaría de Gestión

Administrativa, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, ambas

dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Dirección General de

Contaduría. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Gestión Técnica de la

Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 4427-MHFGC/21 fija en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000), el monto del<br />Fondo Rotatorio para la Policía de la Ciudad, según lo previsto por Resolución 97-MEFGC/19.</p><p>Art. 2 determina como tope anual a gastar bajo la modalidad del Fondo Rotatorio para la Policía de la Ciudad, la suma equivalente a ocho (8) veces el importe establecido en el Art. 1 de la presente.</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1 de la Resolución N° 1512/MHFGC/23 deroga el Articulo 1 y 2 de la Resolución N° 4427/MHFGC/21.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1°.-Resolucion N° 5353-MHFGC-22 fija en la suma de Pesos Un Millon Quinientos Mil el monto del Fondo Rotatorio para la Policía de la Ciudad, </p>
DEROGA
<p>Artículo 3° de la Resolución N° 4427-MHFGC/21 deja sin efecto la Resolución N° 135-MEFGC/19.</p>
DEROGA
<p>Artículo 3° de la Resolución N° 4427-MHFGC/21 deja sin efecto la Resolución N° 5023-MEFGC/19.</p>