DISPOSICIÓN 8 2019 DIRECCION GENERAL INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
Síntesis:
FIJA FECHA - EFECTIVA VIGENCIA - AMPLIACIÓN CORREDOR METROBUS JUAN B JUSTO - 26 DE AGOSTO DE 2019 - SECRETARÍA DE TRANSPORTE - DIRECCION GENERAL INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE - BUS RAPIDO TRANSITO METROBUS - METROBUS DE BUENOS AIRES
Publicación:
30/08/2019
Sanción:
26/08/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
VISTO: La Ley N° 5682 (texto consolidado Ley N° 6017), Decretos N°384/GCBA/18,N°
498/08, N° 363/15 y modificatorios, Resolución N° 64/SSTRANS/11, el Expediente
N°EX-2019-26373075- GCABA-DGPMOV, y Resolución N° 403/SECTRANS/19
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 5682, texto consolidado Ley N° 5.666, se implementó e
incorporó al Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
el Sistema de Tránsito Rápido, Diferenciado y en Red para el transporte público
masivo por automotor de pasajeros denominado METROBUS DE BUENOS AIRES
(MBA), conocido mundialmente como BRT --Bus Rápido Transito Metrobus-- en todo
el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la ejecución del METROBUS DE BUENOS AIRES tiene por finalidad mejorar la
calidad de vida de los habitantes de la Ciudad y del Área Metropolitana de Buenos
Aires; reducir los efectos perjudiciales del transporte sobre el medio ambiente; conferir
prioridad a la circulación y operación del transporte masivo de pasajeros; diseñar un
sistema de transporte más eficiente que optimice la oferta de la flota y el kilometraje
recorrido, y favorecer el desarrollo sustentable;
Que, en ejercicio de sus facultades, la SECRETARÍA DE TRANSPORTE implementó
el corredor METROBUS JUAN B. JUSTO sobre los carriles exclusivos construidos en
las franjas centrales de la Av. Juan B. Justo, a través de la Resolución N°
RESOLUCIÓN N° 64/GCABA/SSTRANS/11;
Que, en ese marco y conforme lo normado por el mencionado Código de Tránsito y
Transporte se ha previsto la implementación de una estación nueva denominado "Av.
Córdoba", conformada por dos (2) paradores en la intersección de las avenidas Juan
B. Justo y Córdoba;
Que, dado la nueva estación a implementarse del METROBUS Juan B. Justo, se
generan dos nuevos carriles segregados de la circulación general del tránsito sobre la
Av. Juan B. Justo entre las calles Loyola y Gorriti;
Que al originarse esta nueva infraestructura de transporte se generarán beneficios
tales como, disminución de los tiempos de viaje, mayor eficiencia del transporte
público, mayor confort y seguridad, disminución
de las emisiones, mayor seguridad vial y reducción de accidentes, entre otros;
Que la implementación de este nuevo parador, se da a los fines de darle continuidad al
corredor del METROBUS Juan B. Justo y aprovechar la infraestructura existente, con
el objetivo de mejorar las condiciones de viaje de los usuarios de esta Ciudad;
Que en ese sentido, la Secretaria de Transporte dicto la RESOL-2019-403-GCABA-
SECTRANS, cuyo artículo 9° establece que esta DIRECCIÓN GENERAL DE
INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE dispondrá la fecha de la efectiva vigencia
del mencionado corredor;
Que los aspectos operativos de la AMPLIACION CORREDOR JUAN B. JUSTO se
encuentran activos y ejecutados;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Fíjese como fecha de efectiva vigencia de la AMPLIACION DEL
CORREDOR METROBUS JUAN B. JUSTO el día 26 de agosto de 2019, a las 8:30
horas.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaría de Transporte y a la Comisión Nacional de Regulación
del Transporte (CNRT), a las cámaras y empresas de transporte público de pasajeros
Líneas 34 y 6 y agrupaciones de taxímetros, a la Policía Federal Argentina, al Ente de
Mantenimiento Urbano Integral, a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y a las
Direcciones Generales de Planificación de la Movilidad, de Tránsito y Transporte, de
Seguridad Vial y de Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Transporte.
Cumplido, archívese. Salese