RESOLUCIÓN 1524 2019 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
EXTIENDE ADICIONAL POR ASISTENCIA NO REMUNERATIVO - PLANTA PERMANENTE Y PLANTA TRANSITORIA ESCALAFÓN GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DEPENDENCIAS Y ATENCIÓN PRIMARIA - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES - MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO
Publicación:
03/09/2019
Sanción:
13/08/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04 (textos consolidados según Ley N°
6.017), las Resoluciones Nros. 1230-MHGC/09, 6-MMGC/15, 25-SECRH/11 y 171-
SSGRH/18, la Disposición N° 64/DGPLYCO/19, el Acta de Negociación Colectiva de la
Comisión Paritaria Central N° 40/08, el Expediente N° 2019-16551058-GCABA-
DGPLYCO, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Decreto N° 465/04 que reglamenta el Título II de la Ley N° 471, se
celebra el Acta de Negociación Colectiva de la Comisión Paritaria Central N° 40/08 en
la cual se acuerda extender el adicional por asistencia a los edificios del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que implementen "Sistemas de Informáticos de
Control de Asistencia";
Que la Resolución N° 25-SECRH/11 establece que las distintas reparticiones que
incorporen "Sistemas de Informáticos de Control de Asistencia" deberán certificar y
homologar los mismos, a fin de garantizar la calidad, confiabilidad y veracidad de la
información recabada a tales fines;
Que por su parte la Resolución N° 6-MMGC/15 aprueba el Procedimiento General de
Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455;
Que mediante la Resolución N° 171-SSGRH/18 se establece el procedimiento para la
carga y actualización de horarios de nómina de personal y control de cumplimiento de
la jornada laboral;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo en el marco de la
Disposición N° 64/DGPLYCO/19, certificó y homologó el "Sistema Informático de
Control de Asistencias" utilizado por los edificios pertenecientes a la Dirección General
Dependencias y Atención Primaria, dependiente de la Secretaría de Integración Social
para Personas Mayores, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, tal como
surge en el Anexo I (IF-2019-16581501-GCABA-DGPLYCO) de la citada Disposición;
Que en tal sentido, a los fines de extender la asignación por asistencia al personal de
Planta Permanente y Planta Transitoria del escalafón general, que en forma normal y
habitual presta servicios en las dependencias de la Dirección General Dependencias y
Atención Primaria, dependiente de la Secretaría de Integración Social para Personas
Mayores, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano;
Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución ha sido avalado
oportunamente a través del informe técnico (IF. 2019-17455279-DGPLYCO) emitido
por la Gerencia Operativa Formulación y Control Presupuestario, de la Dirección
General Planificación y Control Operativo.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 363/15 y
modificatorios,
Artículo 1°.- Extiéndase el Adicional por Asistencia, no remunerativo, determinado en
el artículo 12 de la Resolución N° 1230/MHGC/2009, al personal de Planta
Permanente y Planta Transitoria del escalafón general, que en forma normal y habitual
preste servicios en las dependencias de la Dirección General Dependencias y
Atención Primaria, dependiente de la Secretaría de Integración Social para Personas
Mayores, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, de conformidad con la
Disposición 64/DGPLYCO/2019, el cual será efectivo desde la fecha de la misma.
Artículo 2°.- El Adicional por Asistencia del personal alcanzado en la presente se regirá
a todos sus efectos con lo establecido en el artículo 12 de la Resolución N°
1230/MHGC/2009.
Artículo 3°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará
las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° de la
presente Resolución.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Dependencias y Atención Primaria y a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependientes del Ministerio de
Hábitat y Desarrollo Humano, a la Dirección General de Administración y Liquidación
de Haberes y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de
Planificación y Control Operativo. Cumplido, archívese. Domeniconi