DECRETO NACIONAL 1279 1989

Síntesis:

APROBACIÓN - CONVENIO - MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS - MINISTERIO DEL INTERIOR - EN REPRESENTACIÓN DEL P.E. NACIONAL - Y LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CREACIÓN - CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SA - APROBACIÓN - ESTATUTO SOCIAL

Publicación:

23/11/1989

Sanción:

01/01/1989

Organismo:

PODER EJECUTIVO NACIONAL


Artículo 1° � Apruébase el Convenio suscripto entre el MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el MINISTERIO DEL INTERIOR, en representación del PODER EJECUTIVO NACIONAL y la INTENDENCIA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES que se adjunta como Anexo I y que forma parte integrante del presente.

Art. 2° � Créase la "CORPORACION ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANONIMA" a partir de la escisión de la Administración General de Puertos Sociedad del Estado y lo dispuesto por Decreto N° 2.587/89 del Intendente Municipal de la Ciudad de Buenos Aires sobre la escisión de la empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima, de acuerdo al decreto que se adjunta como Anexo II y que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 3° � Apruébase el Estatuto Social de la "CORPORACION ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANONIMA" que se adjunta como Anexo III y que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 4° � Ordénase la transferencia en propiedad a la "CORPORACION ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANONIMA" de la fracción de tierra ubicada en las Secciones Catastrales 97 en parte y 98 de la Capital Federal, conocidas como "Puerto Madero" comprendida entre los siguientes límites: al Norte la prolongación del eje de la calle Córdoba, entre la línea Municipal Este de la Avenida Eduardo Madero y las tierras cedidas a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires por Ley N° 21.825 según plano 1046-C-76; al Este las tierras cedidas a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires por Ley N° 21.825 según plano 1046-C-76; al Oeste línea Municipal de la Avenida Eduardo Madero y de la Avenida Ingeniero Huergo; al Sudoeste línea Municipal de la Avenida Ingeniero Huergo hasta la prolongación virtual de la calle Brasil y al Sudeste línea Municipal de la prolongación virtual de la calle Brasil hasta su intersección con la tierra cedida a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires por la Ley N° 21.825 según plano 1046-C-76. Las Secciones Catastrales mencionadas incluyen los diques 1, 2, 3 y 4.

El Escribano General de Gobierno deberá en un plazo no mayor de NOVENTA (90) días otorgar las pertinentes escrituras traslativas de dominio, para lo cual los Entes propietarios de los inmuebles antes descriptos, deberán realizar todas las operaciones materiales y actos jurídicos necesarios para el cumplimiento de dicho plazo.

Art. 5° � Declárase la extinción de todas las concesiones, y/o arrendamientos otorgados y vigentes en el área descripta en el artículo precedente a la fecha de su vencimiento, o como plazo máximo al 31 de diciembre de 1990. Los permisos podrán ser revocados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto.

Art. 6° � Las adecuaciones presupuestarias que sean menester efectuar se harán con intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Art. 7° � Comuníquese a la Comisión Bicameral creada por el artículo 14 de la Ley N° 23.696.

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 del Decreto 2589/89 concurre a la constitución de la Corporación Antiguo Puerto Madero Sociedad Anónima, en el marco del Convenio aprobado por Decreto Nacional 1279/89.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1°.del Decreto Nacional N° 1279-89 aprueba el Convenio complementario de fecha 11 de mayo de 1990 suscripto entre el MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, el MINISTERIO DEL INTERIOR en representación del PODER EJECUTIVO NACIONAL y la INTENDENCIA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES- que modifica, aclara y amplía el Convenio celebrado entre las mismas partes y que fuera aprobado por Decreto 1279/89</p>