RESOLUCIÓN 2197 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

RECTIFICA - ART. 1 RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1744-MEFGC-19 - EXCEPTÚA TOPES ANUALES - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES - SUBSECRETARÍAS- UNIDADES - DIRECCIONES GENERALES - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Publicación:

20/09/2019

Sanción:

17/09/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos y la Resolución Firma Conjunta N°

1744-MEFGC/19, el Expediente Electrónico N° 21.810.042-GCABA-SGYRI/2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Firma Conjunta N° 1744-MEFGC/19 se exceptuó a la

Secretaría General y Relaciones Internacionales y a la Subsecretaría de Relaciones

Internacionales e Institucionales, de los topes anuales establecidos en el artículo 6° del

Decreto N° 1.202/05 y sus modificatorios, por el período comprendido desde el 1° de

mayo de 2019 al 31 de diciembre de 2019;

Que debido a un error material involuntario no se consignó en el Artículo 1° de la

precitada Resolución a las Subsecretarías, Unidades y Direcciones Generales

dependientes de la Secretaría antes mencionada;

Que la Ley de Procedimientos Administrativos establece que en cualquier momento

podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos,

siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;

Que en este entendimiento resulta necesario subsanar el acto administrativo que nos

ocupa.

Por ello y en uso de la facultades conferidas por el artículo 124° de la Ley de

Procedimientos Administrativos,

EL SECRETARIO GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Rectifíquese el artículo 1° de la Resolución Firma Conjunta N° 1744-

MEFGC/19, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.-

Exceptúanse a la Secretaría General y Relaciones Internacionales, a sus

Subsecretarías, Unidades y Direcciones Generales, de los topes anuales establecidos

en el artículo 6° del Decreto N° 1.202/05 y sus modificatorios, por el período

comprendido desde el 1° de mayo de 2019 al 31 de diciembre de 2019."

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría Legal y Técnica y a la

Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de

Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos. Cumplido, archívese. Straface - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 2197-MEFGC-SGYRI-19 rectifica el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 1744-MEFGC-SGYRI-19.</p>