RESOLUCIÓN 3673 2003 SUBSECRETARIA DE GESTION OPERATIVA

Síntesis:

DECLARA LA CADUCIDAD DEL CONTRATO CELEBRADO CON EL SR. JOSÉ L. GRACIANO REFERENTE A LA EXPLOTACIÓN DE UN ESPACIO UBICADO EN EL CENTRO DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN N 7- CGP N° 7 - CADUCIDAD DE CONTRATOS - CONTRATO DE PERMISO DE OCUPACIÓN - EXCLUSIÓN DE BENEFICIARIOS - REGISTRO DE ASPIRANTES A EXPLOTAR LOS ESPACIOS PARA PEQUEÑOS COMERCIOS - EXPLOTACIÓN DE ESPACIOS PARA PEQUEÑOS COMERCIOS - SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL - ESPACIO EN EL CENTRO DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN 7 - C.G.P. 7

Publicación:

17/11/2003

Sanción:

10/11/2003

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION OPERATIVA


Visto el Expediente N° 58.276/2002 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Nota N° 1.181/DGCYP/2002, se procedió a realizar las gestiones tendientes a la adjudicación de los espacios del Dominio Público incorporados al Registro de Espacios Disponibles en cumplimiento de lo dispuesto por Decreto N° 1.553/GCBA/97 (B.O. N° 326);

Que tal como lo establece el citado Decreto en sus artículos 1° y 6°, corresponde adjudicar dichos espacios en beneficio de aquellas personas integrantes del Registro de Aspirantes a Explotar los Espacios para Pequeños Comercios que a tal efecto confecciona la Secretaría de Desarrollo Social;

Que en virtud de lo expuesto, resultó oportuno de conformidad con el procedimiento de adjudicación establecido por la Disposición N° 97/DGCYP/2000, y su modificatoria la Disposición N° 144/DGCYP/2002, notificar en tiempo y forma a los potenciales beneficiarios lo dispuesto por la normativa de aplicación, que el acto de adjudicación se llevaría a cabo en la sede de la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones, el día 18 de noviembre de 2002;

Que en la fecha señalada y ante la presencia de la escribana designada a tal efecto por la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se realizó el acto de adjudicación de los espacios involucrados, entre los beneficiarios cuyo otorgamiento correspondía según su número de anotación en el Registro de Aspirantes;

Que como resultado de dicho acto le fue adjudicado al Sr. José Luis Graciano el espacio ubicado en el Centro de Gestión y Participación N° 7, suscribiendo en la ocasión el Acta Acuerdo mediante la cual prestó conformidad al lugar que le fuera asignado, comprometiéndose a firmar el Convenio respectivo;

Que con fecha 28 de enero del año 2003 se celebró entre el Sr. José Luis Graciano y la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, atento las facultades que le competen, el Contrato por el cual se le otorgó un permiso para la ocupación, uso y explotación del espacio ut supra mencionado;

Que la Disposición N° 97/DGCYP/2000 en su artículo 9° modificado por Disposición N° 144/DGCYP/2002 establece textualmente: Los beneficiarios deberán proceder a la instalación y puesta en funcionamiento del pequeño comercio dentro de los noventa (90) días posteriores a la celebración del Contrato, bajo apercibimiento de proceder a su respecto en la misma forma prevista en el artículo 6° del presente;

Que el artículo 6° precedentemente mencionado establece: El silencio o expreso rechazo del lugar adjudicado dentro del plazo establecido en el articulo anterior, importará no solo la pérdida del espacio asignado, sino también su ubicación en la lista de aspirantes, en los términos del Decreto N° 1.553/GCBA/97. Para el caso que posteriormente pretenda su reincorporación, deberá efectuar nuevamente su inscripción sin preferencia en el número de orden que en tal caso le pudiera corresponder;

Que habiéndose vencido los plazos previstos por la normativa aplicable, el beneficiario no comunicó el inicio de actividades ni efectuó emplazamiento alguno tendiente a su efectiva instalación en el espacio otorgado;

Que en atención a la situación expuesta, la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones procedió a elaborar la Nota N° 1.135/DGCYP/2003, notificada por Cédula N° 357/DGCYP/2003 al Sr. Graciano, mediante la cual se lo intimó a que dentro de los 5 (cinco) días de notificado acreditara su instalación e inicio de actividades comerciales;

Que cumplido dicho plazo, el beneficiario no se presentó ante la Administración a dar cumplimiento a lo requerido;

Que atento el manifiesto desinterés evidenciado por el Sr. Graciano y conforme lo normado por la Disposición N° 97/DGCYP/2000 en sus artículos 6° y 9°, y su modificatoria la Disposición N° 144/DGCYP/2002, corresponde disponer respecto del beneficiario, la pérdida del lugar asignado y su ubicación en el listado de aspirantes confeccionada por la Ex Secretaría de Promoción Social;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN OPERATIVA

RESUELVE:

Artículo 1° - Declárase la caducidad del Contrato por el cual se otorgó un Permiso para la ocupación, uso y explotación del espacio ubicado en el Centro de Gestión y Participación N° 7, sito en la avenida Rivadavia 7202, celebrado entre el Sr. José Luis Graciano y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por aplicación de los artículos 6° y 9° de la Disposición N° 97/DGCYP/2000 y su modificatoria la Disposición N° 144/DGCYP/2002.

Artículo 2° - Exclúyase al señor José Luis Graciano del lugar que ocupa en el Registro de Aspirantes a Explotar los Espacios para Pequeños Comercios, creado por Decreto N° 1.553/GCBA/97 y confeccionado por la Ex Secretaría de Promoción Social.

Artículo 3° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aries, comuníquese al Centro de Gestión y Participación N° 7 y a la Secretaría de Desarrollo Social. Cumplido, para la notificación del caso y demás efectos pase a la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones. Cohen

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