RESOLUCIÓN 1053 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
NUEVO BARRIO ESTACIÓN BUENOS AIRES - SE EXCLUYEN - DECRETO ORDENANZA 10407/47 - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - TRAMOS DE ARTERIAS - SUÁREZ - LUNA - MONASTERIO - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
25/09/2019
Sanción:
23/08/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Estado:
No vigente
VISTO: la Resolución N° 201-SECTRANS/16, el Expediente N.° EX-2019-26350228- -
GCABA-DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que a partir de la apertura de las nuevas arterias con motivo de la inauguración del
complejo Estación Buenos Aires y la Ordenanza 37543 (Boletín Municipal 16743), se
han estudiado los nuevos sentidos circulatorios de varias arterias permitiendo la
continuidad de la malla y la integración de las vialidades en el Nuevo Barrio Estación
Buenos Aires;
Que, analizada la cuadrícula circulatoria, que integran las calles de la zona, se
comprobó que, con la apertura varias arterias, la necesidad de asignarle doble sentido
de circulación, a las siguientes calles: Suárez, desde la Av. Vélez Sársfield hasta la
calle Luna; Luna, desde Miravé hasta Suárez; y Monasterio, desde Miravé hasta
Suárez;
Que, la calle Miravé entre Av. Amancio Alcorta y la calle Lafayette integra la Red de
Tránsito Pesado aprobada por el Capítulo 9.10 del Código de Tránsito y Transporte de
la Ciudad de Buenos Aires, la cual en virtud de la nueva configuración frentista,
significativo uso vecinal, e importante incremento de la movilidad peatonal para este
nuevo sector barrial en la zona de Estación Buenos Aires, amerita ser retirada de la
referida Red de Tránsito Pesado, dada la proximidad con la Av. Amancio Alcorta
integrante de la misma;
Que, se contempla la demanda de estacionamiento en el lugar, quedando habilitado
en forma paralela, junto al cordón de ambas aceras durante las 24hs.;
Que, mediante Resolución N.° 201-SECTRANS/16, se delegó a esta Subsecretaria de
Tránsito y Transporte la competencia para entender en cuestiones como las
anteriormente expuestas.
Por ello, en virtud de las facultades delegadas por la Resolución citada,
Artículo 1° - Exclúyase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, a los siguientes tramos de arterias: Suárez,
desde la Av. Vélez Sársfield hasta la calle Luna. Luna, desde Miravé hasta vías del
ferrocarril Belgrano Sur. Monasterio, desde Miravé hasta Suárez.
Artículo 2° - Suprímanse con carácter transitorio y experimental por el término de
noventa (90) días corridos al tramo de la arterias Miravé, entre Av. Amancio Alcorta y
la calle Lafayette, sin restricción en su sentido circulatorio integrantes de la Red de
Tránsito Pesado.
Artículo 3° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal) que proyectará y ejecutará la
Dirección General de Tránsito y Transporte.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Direcciones Generales, del
Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial, y del Ordenamiento del
Espacio Público; y a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito y
Transporte, de Señalización Vial y de Sistemas Inteligentes del Tránsito. Cumplido,
remítase a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los
fines propuestos en el artículo anterior. Galuzzi