RESOLUCIÓN 2223 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE SUSTITUYEN ANEXOS DE LAS RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA 119-MEFGC/19 - 437-MEFGC/19 Y 1082-MEFGC/19 - PLANTA TRANSITORIA DE DOCENTES Y ASISTENTES - PROGRAMAS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - AÑO 2019
Publicación:
25/09/2019
Sanción:
19/09/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado Ley N° 6.017) y su modificatoria
5.960, la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado Ley N° 6.017), el Decreto N° 363/15
y sus modificatorios y N° 613/16, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros.
119/MEFGC/19, 437/MEFGC/19 y 1082/MEFGC/19, y el Expediente Electrónico N°
35375222/MGEYA-MEIGC/18, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 5.460 y su modificatoria se aprueba la Ley de Ministerios del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación
e Innovación y de Economía y Finanzas;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprueba la estructura organizativa
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante las Resoluciones de Firma Conjunta N° 119/MEFGC/19, y sus
rectificatorias N° 437/MEFGC/19 y N° 1082/MEFGC/19 fue aprobada la Planta
Transitoria de Docentes y Asistentes para atender los programas a cargo del Ministerio
de Educación e Innovación para el año 2019;
Que en atención a la incorporación de la Unidad de Coordinación del Sistema de
Formación Docente, y la readecuación de los programas de Jornada Extendida y
Formación docente resulta necesario sustituir el Anexo II de la Resolución N°
1082/MEFGC/19 a fin de ajustarlo a las necesidades del mentado proyecto;
Que por necesidades surgidas en el programa Educación Digital, resulta necesario
sustituir el Anexo VII de la Resolución N° 119/MEFGC/19 para ajustarlo al mencionado
proyecto;
Que el Artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos establece que en
cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y
los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y
Finanzas y la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación e Innovación han tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Decreto N° 613/16 y Ley N° 5.460 y
su modificatoria,
Artículo 1°.- Sustitúyanse los Anexos VI (IF-2018-35429423-DGPDYND) y VII (IF-
2018-35430240-DGPDYND) de la Resolución de Firma Conjunta N° 119/MEFGC/2019
por los Anexos VI (IF-2019-28264606 -GCABA-DGPDYND ) y VII (IF-2019-28262755-
GCABA-DGPDYND), que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Sustitúyase el Anexo III (IF-2019-05420150-DGPDYND) de la Resolución
de Firma Conjunta N° 437/MEFGC/2019 por el Anexo III (IF-2019-28262725-GCABA-
DGPDYND) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Sustitúyanse los Anexos I (IF-2019-10873732-DGPDYND), II (IF-2019-
10873748-DGPDYND), de la Resolución de Firma Conjunta N° 1082/MEFGC/2019 por
los Anexos I (IF-2019-28260389-GCABA-DGPDYND) y II (IF-2019-28262702-GCABA-
DGPDYND) respectivamente, que a todos sus efectos forman parte integrante de la
presente.
Artículo 4°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 2.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la
Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría
Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas,
y para su conocimiento y demás fines remítase a las Subsecretarías de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, de Gestión Económico Financiera y Administración
de Recursos, de Planeamiento Educativo, Ciencia y Tecnología, y de Carrera Docente
y Formación Técnica Profesional y a la Dirección General de Personal Docente y No
Docente, todas ellas dependiente del Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido,
archívese. Acuña - Mura