RESOLUCIÓN 416 2019 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
SE APRUEBAN EL INFORME CONTROL MENSUAL ECI Y EL INFORME CONTROL TRIMESTRAL ECI - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - RÉGIMEN PARA LA PROTECCIÓN DE LA ACTIVIDAD CULTURAL DESARROLLADA EN LOS ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES - PROCEDIMIENTO - INSPECCIÓN OCULAR - INSPECTORES - INFORMACIÓN - LOCALES - SEGURIDAD - FUNCIONAMIENTO - INSTALACIÓN ELÉCTRICA - PLAN DE AUTOPROTECCIÓN - HIGIENE - CHECK LIST - SISTEMA LIZA
Publicación:
01/10/2019
Sanción:
23/09/2019
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO: Las Leyes Nros. 2.624 y 6.063 (Textos consolidados Ley N° 6.017) y el
Expediente Electrónico N° 2019-29061787-GCABA-AGC y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.624 creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad autárquica en
el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a efectos de controlar, fiscalizar y regular, en el marco del ejercicio del poder de
policía, en lo que respecta a la seguridad, salubridad e higiene alimentaria de los
establecimientos públicos y privados;
Que en tal sentido, mediante la Ley N° 6.063 se estableció un régimen para la
protección de la actividad cultural desarrollada en los espacios culturales
independientes que se desarrollen o se propongan desarrollar dentro del ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha Ley tiene entre sus principales objetivos promover el desarrollo de las
actividades culturales regulando los principios y pautas generales que han de regir en
las autorizaciones de actividades y posterior fiscalización en su ejercicio;
Que asimismo, de acuerdo a lo descripto en el artículo 46 de la mencionada Ley, el
sistema de fiscalización programado debe ser acompañado con un procedimiento
normado por las áreas correspondientes que tienda a evitar la interrupción del
desarrollo de funciones artísticas en vivo pero que a su vez se asegure en los
procedimientos inspectivos, el control de las condiciones de funcionamiento, seguridad
e higiene;
Que en razón de lo antedicho, se dictó la Resolución N° 227-GCABA-AGC/19,
mediante la cual se aprobó el Anexo I "Pautas para la Autorización y Funcionamiento
de los Espacios Culturales Independientes" (IF-2019-17180597-GCBA-AGC), y el
Anexo II "Declaración Responsable ECI-Anexo Técnico" (IF-2019-15083416-GCABA-
DGHP);
Que en este orden de ideas, en su artículo 2° la mencionada Resolución instruyó a la
Dirección General de Fiscalización y Control para la elaboración de los puntos del
procedimiento de fiscalización programada;
Que el titular de la Dirección General de Fiscalización y Control manifestó a través de
IF-2019-29409539-GCABA-DGFYC elevo la necesidad de reglamentar "...los puntos
de procedimiento de fiscalización correspondientes a las inspecciones mensuales y
trimestrales mediante los IF 29306831/AGC/2019 y 29307084/AGC/2019
respectivamente, solicitando desde ya su aprobación por el acto administrativo que
corresponda...";
Que en virtud de lo mencionado ut supra, y en razón de que el inspector pueda
verificar las condiciones de higiene, seguridad y funcionamiento del establecimiento,
corresponde dictar el acto administrativo que apruebe los check list en cuestión;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Que la Dirección General Legal y Técnica de la Agencia Gubernamental de Control ha
tomado intervención en el marco de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades legalmente atribuidas,
Artículo 1°.- Apruébanse el Anexo I "INFORME CONTROL MENSUAL ECI" (IF-2019-
29306831-GCBA-AGC) y Anexo II "INFORME CONTROL TRIMESTRAL ECI" (IF-
2019-29307084-GCBA-AGC), que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Instrúyase a la Unidad Operativa Planificación de Gestión a fin de que los
check list aprobados en el artículo 1° operen en el sistema LIZA.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese al Ministerio de Cultura, a la Gerencia Operativa Control Inspectivo, a
todas las Unidades y Direcciones Generales de esta Agencia. Cumplido, archívese.
Pedace