RESOLUCIÓN 1448 2019 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 1319-MAYEPGC-16 - FACULTA - DIRECCIÓN GENERAL ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO - MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - SUSCRIBIR PERMISOS USO DE BIENES MUEBLES - DESTINADOS EXPLOTACIÓN - ACTIVIDADES PERMISIONADAS EN EL MARCO DE SUS MISIONES Y FUNCIONES
Publicación:
01/10/2019
Sanción:
23/09/2019
Organismo:
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
VISTO: la Ley N° 5.460 (textos consolidados por Ley N° 6.017 y sus modificatorias), el
Decreto N° 363-AJG/15 y modificatorios, las Ordenanzas N° 33.188 y N° 34.421, la
Resolución N° 1.319-MAYEPGC/16 y el Expediente Electrónico N° 29574475-GCABA-
DGOEP/19, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 25° de la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires N° 5.460, se estableció entre las misiones y funciones del Ministerio
de Ambiente y Espacio Público las de "Diseñar e implementar políticas tendientes a
mejorar y mantener el espacio público; planificar y administrar políticas de protección e
incrementación de los espacios públicos de acceso libre y gratuito que garanticen su
uso común, entender en el mantenimiento y conservación de los bienes afectados al
dominio público y privado de la Ciudad de Buenos Aires (...)";
Que la Ordenanza N° 33.188 regula la ocupación de la vía pública con artefactos o
quioscos destinados a la exhibición y venta de diarios, revistas y afines de la industria
periodística;
Que, por otra parte, la Ordenanza N° 34.421 aprobó el "Código de Habilitaciones y
Verificaciones", el cual regula las actividades en lo referente a la venta de flores
naturales en la vía pública;
Que, asimismo, por la mencionada norma se establecieron las condiciones para la
elaboración y expendio de productos alimenticios por cuenta propia en ubicaciones
fijas y determinadas (categorías I, II y III) así como la venta ambulante por cuenta
propia;
Que, cabe destacar que las aludidas actividades involucran el otorgamiento de
permisos de uso y ocupación del espacio público e implican de modo accesorio, en
ciertos casos,el uso de bienes muebles (puestos, estructuras, escaparates u otros) de
dominio del Gobierno de la Ciudad susceptibles de ser permisionados por la
Administración;
Que, a través del Decreto N° 363-AJG/15 y modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico-funcional del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, habiendo incluido a la Dirección General
Ordenamiento del Espacio Público (DGOEP), dependiente de la Subsecretaría
Administración General y de Uso del Espacio Público;
Que entre las competencias otorgadas a la aludida Dirección General, se incluyó la de
"Administrar el otorgamiento de permisos de uso y ocupación del espacio público, con
la única exclusión de los referidos a ferias y mercados" así como la de "Entender en
las políticas y acciones destinadas a la conservación, cuidado y renovación del
mobiliario urbano";
Que, en consonancia con lo expuesto, se dictó la Resolución N° 1319-MAYEPGC/16 a
los fines de facultar a la antedicha Dirección General a suscribir las correspondientes
Actas Acuerdo con los permisionarios de los puestos de diarios para la entrega en
comodato de los escaparates de venta de diarios y revistas a ser ubicados en el
espacio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, atento a que el universo de permisos de uso y ocupación del espacio público,
que implica de modo accesorio el uso de bienes muebles, no se reduce solo a
escaparates de venta de diarios y revistas, resulta pertinente ampliar las facultades de
la mentada Dirección General;
Que atento a lo expuesto, en virtud de que esa materia encuadra razonablemente
dentro de sus competencias, resulta conveniente facultar a la Dirección General
Ordenamiento del Espacio Público del
Ministerio de Ambiente y Espacio Público a otorgar los permisos de uso
correspondientes a los bienes muebles mencionados provistos por la Administración.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°- Facúltase a la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público a
suscribir los correspondientes permisos de uso de los bienes muebles que se
encuentren bajo la órbita de su patrimonio y sean destinados a la explotación de
actividades permisionadas por aquella en el marco de sus misiones y funciones.
Artículo 2°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 1319-MAYEPGC/16.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Administración General y Uso del Espacio Público
y a la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público. Cumplido, archívese.
Macchiavelli