RESOLUCIÓN 1448 2019 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 1319-MAYEPGC-16 - FACULTA - DIRECCIÓN GENERAL ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO - MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - SUSCRIBIR PERMISOS USO DE BIENES MUEBLES - DESTINADOS EXPLOTACIÓN - ACTIVIDADES PERMISIONADAS EN EL MARCO DE SUS MISIONES Y FUNCIONES

Publicación:

01/10/2019

Sanción:

23/09/2019

Organismo:

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO


VISTO: la Ley N° 5.460 (textos consolidados por Ley N° 6.017 y sus modificatorias), el

Decreto N° 363-AJG/15 y modificatorios, las Ordenanzas N° 33.188 y N° 34.421, la

Resolución N° 1.319-MAYEPGC/16 y el Expediente Electrónico N° 29574475-GCABA-

DGOEP/19, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 25° de la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires N° 5.460, se estableció entre las misiones y funciones del Ministerio

de Ambiente y Espacio Público las de "Diseñar e implementar políticas tendientes a

mejorar y mantener el espacio público; planificar y administrar políticas de protección e

incrementación de los espacios públicos de acceso libre y gratuito que garanticen su

uso común, entender en el mantenimiento y conservación de los bienes afectados al

dominio público y privado de la Ciudad de Buenos Aires (...)";

Que la Ordenanza N° 33.188 regula la ocupación de la vía pública con artefactos o

quioscos destinados a la exhibición y venta de diarios, revistas y afines de la industria

periodística;

Que, por otra parte, la Ordenanza N° 34.421 aprobó el "Código de Habilitaciones y

Verificaciones", el cual regula las actividades en lo referente a la venta de flores

naturales en la vía pública;

Que, asimismo, por la mencionada norma se establecieron las condiciones para la

elaboración y expendio de productos alimenticios por cuenta propia en ubicaciones

fijas y determinadas (categorías I, II y III) así como la venta ambulante por cuenta

propia;

Que, cabe destacar que las aludidas actividades involucran el otorgamiento de

permisos de uso y ocupación del espacio público e implican de modo accesorio, en

ciertos casos,el uso de bienes muebles (puestos, estructuras, escaparates u otros) de

dominio del Gobierno de la Ciudad susceptibles de ser permisionados por la

Administración;

Que, a través del Decreto N° 363-AJG/15 y modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico-funcional del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, habiendo incluido a la Dirección General

Ordenamiento del Espacio Público (DGOEP), dependiente de la Subsecretaría

Administración General y de Uso del Espacio Público;

Que entre las competencias otorgadas a la aludida Dirección General, se incluyó la de

"Administrar el otorgamiento de permisos de uso y ocupación del espacio público, con

la única exclusión de los referidos a ferias y mercados" así como la de "Entender en

las políticas y acciones destinadas a la conservación, cuidado y renovación del

mobiliario urbano";

Que, en consonancia con lo expuesto, se dictó la Resolución N° 1319-MAYEPGC/16 a

los fines de facultar a la antedicha Dirección General a suscribir las correspondientes

Actas Acuerdo con los permisionarios de los puestos de diarios para la entrega en

comodato de los escaparates de venta de diarios y revistas a ser ubicados en el

espacio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, atento a que el universo de permisos de uso y ocupación del espacio público,

que implica de modo accesorio el uso de bienes muebles, no se reduce solo a

escaparates de venta de diarios y revistas, resulta pertinente ampliar las facultades de

la mentada Dirección General;

Que atento a lo expuesto, en virtud de que esa materia encuadra razonablemente

dentro de sus competencias, resulta conveniente facultar a la Dirección General

Ordenamiento del Espacio Público del

Ministerio de Ambiente y Espacio Público a otorgar los permisos de uso

correspondientes a los bienes muebles mencionados provistos por la Administración.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE

Artículo 1°- Facúltase a la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público a

suscribir los correspondientes permisos de uso de los bienes muebles que se

encuentren bajo la órbita de su patrimonio y sean destinados a la explotación de

actividades permisionadas por aquella en el marco de sus misiones y funciones.

Artículo 2°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 1319-MAYEPGC/16.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Administración General y Uso del Espacio Público

y a la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público. Cumplido, archívese.

Macchiavelli

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 1448-MAYEPGC-19 deja sin efecto a la Resolución 1319-MAYEPGC-16.</p>