DISPOSICIÓN 10 2019 DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS

Síntesis:

SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - TRAMITACIÓN DE INFORMES - RENDICIÓN DE CUENTAS - LEGISLATURA  - COMUNAS - ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y  ENTIDADES AUTÁRQUICAS - DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS

Publicación:

09/10/2019

Sanción:

30/09/2019

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS

Estado:

No vigente


VISTO: la Ley N° 5.460 (Texto consolidado Ley N° 6.017) y su modificatoria N° 5.960

(Texto consolidado Ley N° 6.017); el Decreto N° 363/15 y modificatorios, el Expediente

Electrónico N° 29933793 -GCABA-DGALE/2019, y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al

Ministerio de Gobierno;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios fue aprobada la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno a la Dirección General

Asuntos Legislativos, dependiente de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos

Legislativos;

Que el mencionado Decreto, establece entre las responsabilidades primarias de esta

Dirección General la de "Remitir la documentación relacionada con la actividad

legislativa y proveniente del Poder Ejecutivo, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires";

Que, en sentido concordante, el Decreto N° 268/18 contempla dentro de la estructura

de esta Dirección General a la Gerencia Enlace Legislativo, estableciendo entre sus

acciones la de "Actuar como enlace entre el Poder Ejecutivo y la Legislatura de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y la de "Efectuar el despacho y el seguimiento de

la documentación remitida por el Poder Ejecutivo a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires";

Que la Dirección General Asuntos Legislativos ha realizado un relevamiento de la

normativa que establece instancias de rendición de cuentas del Poder Ejecutivo en

relación con el Poder Legislativo;

Que al respecto, se advierte la ausencia de una norma que regule de manera

homogénea el procedimiento administrativo para la elaboración y tramitación de este

tipo de informes;

Que no resultan aplicables a estos casos los procedimientos administrativos

establecidos para la tramitación de pedidos de informes realizados por la Legislatura

en uso de sus facultades establecidas en el artículo 83 inc. 3° de la Constitución de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, atento a que estos primeros informes son

establecidos por leyes especiales y con particularidades distintas en cada caso

respecto de la modalidad, periodicidad, etc. y estos últimos son a través de

Resoluciones de ese cuerpo legislativo;

Que en este sentido, atendiendo a las competencias de esta Dirección General, se ha

elaborado un procedimiento administrativo para la tramitación de informes con

rendición de cuentas que el Poder Ejecutivo debe remitir a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en cumplimiento de las normas especiales que

contemplan esta obligación;

Que, en ese contexto, resulta pertinente aprobar la mencionada metodología para la

tramitación de los informes mencionados en los considerandos anteriores;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébese el procedimiento administrativo para la tramitación de Informes

de rendición de cuentas contemplados en normas especiales que deban ser

presentados ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por parte de

la Administración Central del Poder Ejecutivo, Las Comunas, los Organismos

Descentralizados y las Entidades Autárquicas en cumplimiento de la obligación de

rendir cuentas que la normativa vigente impone y que como Anexo Disposición (DI-

30537978-GCABA-DGALE-2019), forma parte integrante de la presente disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaria de Reforma Política y Asuntos Legislativos y a las

Direcciones Generales Técnicas, Administrativas y Legales de todos los Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. La Rosa


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5717

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1 de la Disposición 1-DGCCN-24 deroga la Disposición 10-DGALE-2019.</p>