RESOLUCIÓN 4060 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 26-19 - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - SUPLEMENTO REMUNERATIVO - PERSONAL DE PLANTA TRANSITORIA - ACTA PARITARIA 6-14 - PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUPLEMENTO FONDO COMPENSADOR DE LA PROCURACIÓN GENERAL

Publicación:

09/10/2019

Sanción:

30/09/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva N°

26/19, el Expediente Electrónico 2019-28.449.991-DGTALMEF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 15 de julio de 2019, se celebró el Acta de Negociación Colectiva N°

26/19 Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de

Buenos Aires (SUTECBA);

Que mediante la misma, las partes acuerdan otorgar al personal que integra la planta

transitoria designada por Acta Paritaria N° 6/14, que revista en la Procuración General

de la Ciudad de Buenos Aires, un Suplemento Remunerativo, a partir del día 1° de

septiembre del corriente año, de un cincuenta por ciento (50%) del monto asignado al

Suplemento Fondo Compensador de la Procuración General, aprobado por Decreto N°

1756/2005 y su modificatorio, vigente a la fecha consignada y como valor de inicio del

adicional que se determina;

Que asimismo se establece que las modificaciones al valor del Suplemento

Remunerativo acordado, deberán resolverse en el marco de la Comisión Paritaria

Central;

Que por último se determina que el suplemento otorgado no podrá ser supeior al

cincuenta por ciento (50%) de la remuneración mensual, habitual y permanente del

trabajador, por lo que su monto final queda supeditado a esa restricción monetaria;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471 (texto

consolidado por Ley N° 6017), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación

Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el

acto administrativo respectivo;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumenta el Acta de Negociación Colectiva N° 26/19;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 26/19 de la Comisión

Paritaria Central, suscripta el día 15 de julio de 2019 entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como

Anexo (IF-2019-23019295-DGTALMEF) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.

Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 Resolución N° 4281-MEFGC-19 modifica Artículo 1° Resolución N° 2019-4060-DGTALMEF<br />que instrumenta el Acta de Negociación Colectiva N° 26/19.</p>