RESOLUCIÓN 4281 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE MODIFICA ART. 1 RESOLUCIÓN 4060-DGTALMEF-19 - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA N° 26-19 - SUPLEMENTO REMUNERATIVO - PERSONAL - PLANTA TRANSITORIA - PROCURACIÓN GENERAL - SUTECBA
Publicación:
25/10/2019
Sanción:
11/10/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva N°
26/19, la Resolución N ° 2019-4060-MEFGC, el Expediente Electrónico 2019-
28.449.991-DGTALMEF y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 15 de julio de 2019, se celebró el Acta de Negociación Colectiva N°
26/19 Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de
Buenos Aires (SUTECBA);
Que por Resolución 2019-4060-MEFGC que instrumentó en su artículo 1° el Acta de
Negociación Colectiva N° 26/19, designándose por un error involuntario en el Anexo el
Informe IF-2019-23019295- DGTALMEF, en lugar del Informe IF-2019-28539614-
DGTALMEF;
Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
modifique el Artículo 1° de la Resolución N° 2019-4060-DGTALMEF, que instrumenta
el Acta de Negociación Colectiva N° 26/19;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Modifíquese el Artículo 1° de la Resolución N° 2019-4060-DGTALMEF
que instrumenta el Acta de Negociación Colectiva N° 26/19, el que quedará redactado
de la siguiente manera: "Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 26/19 de
la Comisión Paritaria Central, suscripta el día 15 de julio de 2019 entre los
representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato
Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que
como Anexo (IF- 2019-28539614-DGTALMEF) forma parte integrante de la presente".
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y
Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.
Cumplido, archívese. Mura