RESOLUCIÓN 7527 2019 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 1940-MCGC-10 - RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA ACTIVIDAD TEATRAL NO OFICIAL - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
16/10/2019
Sanción:
09/10/2019
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 156 (texto consolidado Ley N° 6.017), el Decreto N° 845/G00 y su
modificatorio Decreto N° 412/10, la Resolución N° 1.940-MCGC/10 y su modificatoria
N° 1893-MCGC/19, el Expediente Electrónico N° 2019-31038543-GCABA-DGTALMC
y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 156 (texto consolidado Ley N° 6.017) crea el Régimen de Concertación
para la Actividad Teatral no Oficial, con el objeto de proteger, propiciar y fomentar el
teatro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 845/00 y su modificatorio Decreto N° 412/10 reglamentan la referida
Ley;
Que el artículo 4° del Decreto N° 412/10 establece que el referido Régimen estará
conducido por un Directorio de acuerdo a la integración allí indicada;
Que mediante la Resoluciones N° 1.940-MCGC/10 y su modificatoria N° 1893-
MCGC/19, se estableció que los Directores indicados en los incisos c), d) y e) del
artículo 4° del Decreto N° 412/10 deben desempeñarse "ad honorem", y percibir una
compensación mensual hasta la suma de pesos diez mil ($ 10.000), efectiva a partir del
1 de febrero de 2019;
Que mediante la nota incorporada bajo el informe N° IF-2019-31042376-GCABA-
DGTALMC, el Directorio del Instituto Proteatro solicita la actualización de la referida
compensación mensual por el monto equivalente a pesos quince mil ($ 15.000);
Que en atención al tiempo transcurrido, al incremento de las tareas producto del
desarrollo del Instituto y de los gastos propios de su ejecución, el indicado monto se
advierte desfasado por lo que resulta necesario su actualización;
Que en atención a lo expuesto, resulta consecuente el dictado del acto administrativo
modificatorio del artículo 4° de la Resolución N° 1.940-MCGC/10, a fin de actualizar los
importes percibidos por los Directores indicados en los incisos c), d) y e) del artículo 4°
del Decreto N° 412/10 en concepto de compensación mensual;
Que por analogía se aplican al presente los términos del Dictamen emitido por la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, recaído en el Expediente
Electrónico N° 2018-10567121-MGEYA-DGTALMC en los términos de la Ley N° 1.218
(texto consolidado Ley N° 6.017);
Que mediante el informe IF-2019-31433790-GCABA-DGOGPP la Dirección General
de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de
Economía y Finanzas ha tomado intervención de su competencia;
Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado
la intervención de su competencia.
Por ello, y en ejercicio de las facultades establecidas en el Decreto N° 412/10,
Artículo 1°.- Dáse por modificado el artículo 4° de la Resolución N° 1.940-MCGC/10 el
que queda redactado de la siguiente manera: "Los Directores indicados en el artículo
4°, incisos c), d) y e) del Decreto N° 412/10 deben desempeñarse "ad honorem" y
percibir una compensación mensual hasta la suma de pesos quince mil ($ 15.000), la
misma se hará efectiva a partir del 1 de octubre de 2019".
Artículo 2°.- El gasto que demande la presente será atendido con cargo a la partida
específica del presupuesto en vigor.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítase a la Gerencia
Operativa de Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro