DECRETO 209 2019 VICEPRESIDENCIA PRIMERA

Síntesis:

SE DEJA CONSTANCIA QUE POR ART 3 SE DEROGA EL DECRETO 118-VPSP-14 DEL CUAL NO SE HA ENCONTRADO REGISTRO DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETIN OFICIAL - SE APRUEBA REGLAMENTACIÓN - LEY N° 2095 - LEY DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - ÁMBITO - LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - VIGENCIA A PARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2019

Publicación:

18/10/2019

Sanción:

10/10/2019

Organismo:

VICEPRESIDENCIA PRIMERA


VISTO, el Expediente N° 19268.00/SA/2019, la Ley N° 2095 de fecha 21 de

septiembre de 2006 y su modificatoria Ley N° 4764 de fecha 14 de noviembre de

2013, el Decreto N° 008-VP-2008 de fecha 14 de enero de 2008 y sus modificatorios

Decreto N° 201-VP-2012 de fecha 3 de agosto de 2012 y Decreto N° 118-VP-2014 de

fecha 17 de junio de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que la Legislatura de la Ciudad aprobó la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que fuera modificada con posterioridad,

siendo el último texto vigente el ordenado por Digesto Normativo de la Ciudad y

consolidado mediante la Ley N° 6017 de fecha 4 de octubre de 2018, publicada en el

BOCBA N° 5485 de fecha 25 de octubre de 2018.

Que la señalada Ley, aplicable en el ámbito del Poder Legislativo de la Ciudad, fue

reglamentada por Decreto N° 008-VP-2008, sufriendo posteriores modificaciones.

Que en atención al tiempo transcurrido desde la última reglamentación de la Ley de

Compras y Contrataciones y teniendo en cuenta las experiencias recogidas durante

los últimos años en base a la aplicación de la normativa citada y los avances

normativos producidos en otras jurisdicciones y ámbitos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, se estima pertinente aprobar una nueva reglamentación para la Ley N°

2095.

Que a tal efecto las distintas dependencias de esta Legislatura han procedido a

efectuar un pormenorizado análisis de la normativa vigente, las experiencias recogidas

y la normativa aprobada en la materia por otros ámbitos de la Ciudad (Vgr. Poder

Ejecutivo, Poder Judicial), elevando a consideración de esta Instancia el proyecto

respectivo.

Que en virtud de lo expuesto corresponde aprobar la normativa propuesta.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su

competencia.

Que el presente acto se emite en orden a las facultades conferidas a la

Vicepresidencia Primera por el Artículo 71 de la CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y el Artículo 88 del REGLAMENTO DE LA

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase la reglamentación de la Ley N° 2095 con sus modificatorias

para las Compras y Contrataciones que realice la Legislatura de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, que como Anexo I forma parte del presente.

Artículo 2°.- Dispónese la entrada en vigencia de la reglamentación de la Ley N° 2095,

aprobada por el Artículo 1° del presente, a partir del 1° de noviembre de 2019.

Artículo 3°.- Deróganse, a partir del 1° de noviembre de 2019, el Decreto N° 008-VP-

2008 y sus modificatorios Decreto N° 201-VP-2012 y Decreto N° 118-VP-2014.

Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese. Cumplido, archívese. Anzorreguy

- Quintana


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5723

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 209/LCABA/19 aprueba reglamentación de la Ley N° 2095 para las compras y contrataciones que realice la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Artículo 2° dispone la entrada en vigencia a partir del 1° de noviembre de 2019.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 503-LCABA/19 aprueba el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales que regirán las compras y contrataciones de la LCABA, complementando el reglamento aprobado por Decreto N° 209-LCABA/19.</p><p>Artículo 3° dispone su aplicación a partir del 1° de noviembre de 2019.</p>
DEROGA
<p>Artículo 3° del Decreto N° 209/LCABA/19 deroga a partir del 1° de noviembre de 2019, el Decreto N° 201-VP-2012.</p>
DEROGA
<p>Artículo 3° del Decreto N° 209/LCABA/19 deroga a partir del 1° de noviembre de 2019, el Decreto N° 008-VP-2008.</p>