DECRETO 361 2019

Síntesis:

SE CREA - ANEXO - ESCUELA PARA NIÑOS NIÑAS Y JÓVENES CON PLURIDISCAPACIDAD MOTORA N° 11 DOCTOR AQUILES GAREISO -  DISTRITO ESCOLAR 15 - GALVÁN 3660 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - 

Publicación:

21/10/2019

Sanción:

17/10/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 5.206, 5.460 (texto consolidado Ley N° 6.017) y su

modificatoria 5.960, la Ley nacional N° 26.206, la Resolución N° 3584/MEGC/2015, el

Expediente Electrónico N° 30.443.723/GCABADGEGE/2019, y

CONSIDERANDO:

Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la

garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar, creando escuelas para asegurar

la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del

sistema educativo;

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, se establece que el Ministerio

de Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover,

implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema

educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social,

administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública

estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades;

Que la educación especial se constituye como una modalidad del sistema educativo

destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades,

temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo,

brindando atención educativa en todas aquellas problemáticas específicas que no

puedan ser abordadas por la educación común (conforme el art. 42 de la Ley Nacional

N° 26.206);

Que por la Ley N° 5.206 se estableció la modificación de la denominación de las

Escuelas de Educación Especial al considerar la complejidad de las mismas, en

cuanto a las singularidades de los proyectos pedagógicos, a las particularidades de

cada alumno o grupo escolar, al turno en el que funcionan, a la cantidad de escuelas

existentes y a los niveles educativos en los que imparten educación;

Que en virtud de ello, por la Resolución N° 3584/MEGC/2015 la Escuela de Educación

Especial N° 11 del Distrito Escolar 15° pasó a denominarse Escuela para Niños, Niñas

y Jóvenes con Pluridiscapacidad Motora N ° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito

Escolar 15°, manteniendo su sede de funcionamiento en la calle Quesada 4357, de

esta Ciudad;

Que el Ministerio de Educación e Innovación propicia la creación de un Anexo de la

Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles

Gareiso" del Distrito Escolar 15°, el que funcionará en el edificio ubicado en la calle

Galván N° 3660, de esta Ciudad;

Que la creación del Anexo que se propicia, contribuye a cumplimentar la política de

inclusión educativa propuesta para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que abarque

y contemple las necesidades de distintos grupos sociales, a la vez que responde a la

demanda habida para la educación especial en el citado Distrito Escolar, para mayores

de catorce (14) años;

Que asimismo se destaca que la medida que se propone no afecta a la población

estudiantil;

Que por otra parte, con motivo de la creación propiciada y atendiendo a razones

operativas y organizacionales, la Planta Orgánico Funcional y el equipo directivo que

se encuentra actualmente vigente para la Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con

Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito Escolar 15° ,

continuará prestando funciones manteniendo sus condiciones y cargos oportunamente

designados, en el edificio de la calle Quesada 4357, de esta Ciudad, y en el Anexo

cuya creación se promueve sito en la calle Galván N° 3660, de esta Ciudad;

Que asimismo corresponde señalar que las medidas propiciadas no implican mayor

erogación presupuestaria;

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario y oportuno el dictado del acto

administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el Anexo de la Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con

Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito Escolar 15°, el que

funcionará en el edificio ubicado en la calle Galván N° 3660, de esta Ciudad.

Artículo 2°.- Facúltese a la señora Ministra de Educación e Innovación para designar,

cesar o autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos que conforman la

Planta Orgánica Funcional de la Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con

Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito Escolar 15° y su

Anexo creado por el artículo 1°.

Artículo 3°.- Establézcase que lo dispuesto en los artículos precedentes no implica

mayor erogación presupuestaria.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e

Innovación, el señor Ministro de Economía y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete

de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General de

Carrera Docente de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica

Profesional, a la Dirección de Educación Inicial, a la Dirección General de Educación

de Gestión Estatal y a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa del Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1° del Decreto N° 361/19 crea el Anexo de la Escuela para Niños, Niñas y Jovenes con Pluridiscapacidad motora N° 11 Dr Aquiles Gareiso DE 15, institución educativa referida en la Resolución N° 3584-MEGC-15.</p><p> </p><p> </p><p> </p>