DECRETO 361 2019
Síntesis:
SE CREA - ANEXO - ESCUELA PARA NIÑOS NIÑAS Y JÓVENES CON PLURIDISCAPACIDAD MOTORA N° 11 DOCTOR AQUILES GAREISO - DISTRITO ESCOLAR 15 - GALVÁN 3660 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN -
Publicación:
21/10/2019
Sanción:
17/10/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 5.206, 5.460 (texto consolidado Ley N° 6.017) y su
modificatoria 5.960, la Ley nacional N° 26.206, la Resolución N° 3584/MEGC/2015, el
Expediente Electrónico N° 30.443.723/GCABADGEGE/2019, y
CONSIDERANDO:
Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la
garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar, creando escuelas para asegurar
la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del
sistema educativo;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, se establece que el Ministerio
de Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover,
implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema
educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social,
administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública
estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades;
Que la educación especial se constituye como una modalidad del sistema educativo
destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades,
temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo,
brindando atención educativa en todas aquellas problemáticas específicas que no
puedan ser abordadas por la educación común (conforme el art. 42 de la Ley Nacional
N° 26.206);
Que por la Ley N° 5.206 se estableció la modificación de la denominación de las
Escuelas de Educación Especial al considerar la complejidad de las mismas, en
cuanto a las singularidades de los proyectos pedagógicos, a las particularidades de
cada alumno o grupo escolar, al turno en el que funcionan, a la cantidad de escuelas
existentes y a los niveles educativos en los que imparten educación;
Que en virtud de ello, por la Resolución N° 3584/MEGC/2015 la Escuela de Educación
Especial N° 11 del Distrito Escolar 15° pasó a denominarse Escuela para Niños, Niñas
y Jóvenes con Pluridiscapacidad Motora N ° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito
Escolar 15°, manteniendo su sede de funcionamiento en la calle Quesada 4357, de
esta Ciudad;
Que el Ministerio de Educación e Innovación propicia la creación de un Anexo de la
Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles
Gareiso" del Distrito Escolar 15°, el que funcionará en el edificio ubicado en la calle
Galván N° 3660, de esta Ciudad;
Que la creación del Anexo que se propicia, contribuye a cumplimentar la política de
inclusión educativa propuesta para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que abarque
y contemple las necesidades de distintos grupos sociales, a la vez que responde a la
demanda habida para la educación especial en el citado Distrito Escolar, para mayores
de catorce (14) años;
Que asimismo se destaca que la medida que se propone no afecta a la población
estudiantil;
Que por otra parte, con motivo de la creación propiciada y atendiendo a razones
operativas y organizacionales, la Planta Orgánico Funcional y el equipo directivo que
se encuentra actualmente vigente para la Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con
Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito Escolar 15° ,
continuará prestando funciones manteniendo sus condiciones y cargos oportunamente
designados, en el edificio de la calle Quesada 4357, de esta Ciudad, y en el Anexo
cuya creación se promueve sito en la calle Galván N° 3660, de esta Ciudad;
Que asimismo corresponde señalar que las medidas propiciadas no implican mayor
erogación presupuestaria;
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario y oportuno el dictado del acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Créase el Anexo de la Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con
Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito Escolar 15°, el que
funcionará en el edificio ubicado en la calle Galván N° 3660, de esta Ciudad.
Artículo 2°.- Facúltese a la señora Ministra de Educación e Innovación para designar,
cesar o autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos que conforman la
Planta Orgánica Funcional de la Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con
Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito Escolar 15° y su
Anexo creado por el artículo 1°.
Artículo 3°.- Establézcase que lo dispuesto en los artículos precedentes no implica
mayor erogación presupuestaria.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e
Innovación, el señor Ministro de Economía y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete
de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General de
Carrera Docente de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica
Profesional, a la Dirección de Educación Inicial, a la Dirección General de Educación
de Gestión Estatal y a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa del Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel