RESOLUCIÓN 3584 2015 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

DENOMINACION DE ESCUELAS - NOMBRES - DENOMINA INSTITUCIONES EDUCATIVAS - EDUCACION ESPECIAL - ESCALAFON C -  ALUMNOS - ALUMNAS - NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES - ESCUELA PARA JOVENES Y ADULTOS CON DISCAPACIDAD  Y FORMACION INTEGRAL - DISCAPACIDAD MENTAL - MOTORA Y  PLURIDISCAPACIDAD - SENSORIAL - ESCUELAS DOMICILIARIAS - IMPEDIDOS TEMPORAL O PERMANENTEMENTE - RAZONES DE SALUD - ADECUACION LEY 5206 - ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL Y FORMACION LABORAL 27 - DRA LIDIA F DE CORIAT - DENOMINA ESCUELA INFANTIL 27 - GABINETE MATERNO INFANTIL - ATENCION TEMPRANA A NIÑOS Y NIÑAS CON DISCAPACIDAD - MINISTERIO DE EDUCACION

Publicación:

30/10/2015

Sanción:

07/10/2015

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

la Ley N° 5206, el Expediente Electrónico N° 18.426.029-MGEYA-DGEGE/15, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asimismo garantiza el derecho de las personas con necesidades especiales a

educarse y ejercer tareas docentes, promoviendo su integración en todos los niveles y

modalidades del sistema;

Que particularmente la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 155/11

propone un enfoque sobre la inclusión educativa y las prácticas de integración escolar

de las personas con discapacidad como sujetos de derecho en los diferentes niveles y

modalidades del sistema educativo en el marco de la extensión de la educación

obligatoria;

Que la Ley N° 5.206, entre otros aspectos, en los artículos 3, 4, 5, 6, 7 y 8 modificó la

denominación de las actuales Escuelas de Recuperación, de las actuales Escuelas de

Educación Especial, de las actuales Escuelas de Educación Especial y Formación

Laboral, de los Centro Educativos para Niños con Trastornos Emocionales Severos,

de la actual denominación del Gabinete Materno Infantil, y de la Escuela de

Discapacitados Motores N° 1;

Que en una primera etapa de adecuación a las prescripciones de la Ley N° 5.206 de la

normativa y del sistema educativo actualmente en vigor en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, se inició dicho proceso con las instituciones educativas que actualmente

funcionan en la órbita del Escalafón B de la Dirección de Educación Especial;

Que en razón de la complejidad de la Escuelas de Educación Especial, en cuanto a las

singularidades de los proyectos pedagógicos, a las particularidades de cada alumno/a

o grupo escolar, al turno en el que funcionan, a la cantidad de escuelas existentes y a

los niveles educativos en los que imparten educación, corresponde efectuar la

modificación de la denominación de cada una de ellas luego de un exhaustivo análisis

de las variables señaladas;

Que en virtud de lo señalado en el párrafo anterior corresponde, en esta segunda

etapa, adecuar a las prescripciones de la Ley N° 5.206 la normativa y el sistema

educativo actualmente en vigor en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo

atinente a las instituciones educativas que actualmente funcionan en la órbita del

Escalafón C de la Dirección de Educación Especial;

Que a efectos de optimizar las alternativas de inclusión de los alumnos con

necesidades educativas especiales, resulta conducente establecer las competencias

de las instituciones educativas que funcionan en la esfera de la Dirección de

Educación Especial;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que el compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Establécese que las instituciones educativas incluidas en el listado que

como Anexo I (IF-2015- 19325322-DGCLEI) forma parte integrante de la presente

Resolución, se denominan como allí se indica y atienden a alumnos con discapacidad

mental, con la especifidad que se determine en el proyecto educativo de cada una de

ellas.

Artículo 2.- Déjase establecido que las instituciones educativas incluidas en el listado

que como Anexo II (IF-2015-19323804-DGCLEI) forma parte integrante de esta

Resolución, se denominan como allí se indica y atienden a alumnos con discapacidad

mental/motora y/o con pluridiscapacidad y con severos transtornos de la personalidad,

con la especifidad que se determine en el proyecto educativo de cada una de ellas.

Artículo 3.- Establécese que las instituciones educativas incluidas en el listado que

como Anexo III (IF- 2015-19323755-DGCLEI) forma parte integrante de esta

Resolución a partir de la presente Resolución, se denominan tal como allí se indica

atienden a alumnos con discapacidad sensorial, con la especificidad que se determine

en el proyecto educativo de cada una de ellas.

Artículo 4.- Déjase establecido que la actual Escuela de Educación Especial

Domiciliaria N° 8 "Ciudad de Buenos Aires" del Distrito Escolar 9°, se denomina

Escuela Domiciliaria para Niños, Niñas y Jóvenes con Discapacidad N° 8 "Ciudad de

Buenos Aires" del Distrito Escolar 9°, y atiende a alumnos regulares de las

Instituciones Educativas del Escalafón C que se encuentran impedidos temporal o

permanentemente, por razones de salud, de asistir a su escuela de origen.

Artículo 5.- Establécese que la actual Escuela de Educación Especial y Formación

Laboral N° 27 "Dra. Lidia F. de Coriat" del Distrito Escolar 18°, se denomina Escuela

Infantil Especial N° 27 Gabinete Materno Infantil "Dra. Lidia F. de Coriat" del Distrito

Escolar 18°, y ofrece atención temprana a niños y niñas con discapacidad.

Artículo 6.- Déjase establecido que todas las Instituciones Educativas del Escalafón C

generarán configuraciones de apoyo para todo el sistema educativo de gestión estatal

de la Ciudad.

Artículo 7.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense

las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión Educativa y

Coordinación Pedagógica, de Política Educativas y Carrera Docente y de Gestión

Económico Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de

Educación de Gestión Estatal y de Administración de Recursos. Cumplido, archívese.

Bullrich


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4754

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1° del Decreto N° 361/19 crea el Anexo de la Escuela para Niños, Niñas y Jovenes con Pluridiscapacidad motora N° 11 Dr Aquiles Gareiso DE 15, institución educativa referida en la Resolución N° 3584-MEGC-15.</p><p> </p><p> </p><p> </p>
INTEGRA
<p>Resolución 3584-MEGC-15, adecua la  a las prescripciones de la Ley 5206 la normativa y el sistema educativo actualmente en vigor en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo atinente a la denominación de  las instituciones educativas que actualmente funcionan en la órbita del Escalafón C de la Dirección de Educación Especial.-</p>