RESOLUCIÓN 356 2019 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
Síntesis:
SE ESTABLECE - COORDINACIÓN LIQUIDACIONES Y PAGOS JUDICIALES - DEPARTAMENTO CONTROL LEGAL - DIRECCIÓN TÉCNICA Y LEGAL - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - PROCURACIÓN GENERAL - SE DESIGNA COORDINADOR - DR MAURICIO AMADEO FISCHIETTI MARGULIS - CAJA DE HONORARIOS - DISTRIBUCIÓN COMO JEFE DE DIVISIÓN - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGÁNICA - APRUEBA PROCEDIMIENTO - LIQUIDACIÓN PREVISIÓN PROVISIÓN Y RENDICIÓN FINAL DE CONDENAS JUDICIALES - GESTIÓN DE PAGOS JUDICIALES
Publicación:
24/10/2019
Sanción:
07/10/2019
Organismo:
F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
VISTO: La Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley 6.017), los Decretos Nros.
2147/84, 7.863/86 y 400/17, las Resoluciones Nros. 503-PG/16, 169-PG/17 y 173-
GCABA-PG/19, el Expediente Electrónico N° 30565481-GCABA-PG/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.017) fija las obligaciones,
deberes, atribuciones y competencias de esta Procuración General;
Que el artículo 27 del citado plexo normativo determina que: "...el/la Procurador/a dicta
el Reglamento Interno y las demás resoluciones que estime necesarias para el mejor
funcionamiento del organismo a su cargo y elabora criterios generales y particulares
de actuación...";
Que el Decreto N° 400/17 define su estructura organizativa y, entre sus objetivos,
prevé el de "Llevar adelante la gestión del Organismo estableciendo objetivos y
proyectos de acción, así como también pautas y mecanismos para controlar la marcha
de los mismos";
Que, asimismo, el referido Decreto enumera, entre las responsabilidades primarias de
la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Órgano Asesor, las de
"Intervenir en lo atinente al pago de condenas judiciales y pago mediante bonos de
consolidación de la deuda pública y efectuar las correspondientes previsiones
presupuestarias";
Que, en ese sentido, la mentada normativa prevé, entre las acciones a cargo del
Departamento Control Legal de la Dirección Técnica y Legal, dependiente de la
prenombrada repartición, la de "Controlar la legalidad de los trámites relacionados con
liquidaciones y pagos judiciales";
Que, a su turno, el Decreto N° 2.147/84, que recibiera entre otras modificaciones
parciales las efectuadas por su similar N° 7.863/86, regula el Régimen de la Caja de
Honorarios de la Procuración General y prevé, en su artículo 4, los parámetros para la
distribución de honorarios en función de la jerarquía de los agentes;
Que, por su parte, en consonancia con el Plan de Modernización de la Administración
Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Resoluciones Nros.
503-PG/16 y 169-PG/17 se instruyó la aplicación, a modo de prueba, de la tramitación
de pedidos de fondos para pagos judiciales mediante el Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos (SADE) en las Direcciones Generales Empleo Público y
Asuntos Comunales y del Espacio Público y en la ex Dirección Relaciones
Extracontractuales de esta Procuración General;
Que, en virtud de la incontestable eficiencia y celeridad obtenida con la aplicación
transitoria del mentado procedimiento, devino indispensable ordenar su
implementación definitiva en la totalidad de las reparticiones pertenecientes a este
Órgano Asesor, lo que se materializó con el dictado de la Resolución N° 173-GCABA-
PG/19, que aprueba el "Procedimiento para la Liquidación, Previsión, Provisión y
Rendición Final de Condenas Judiciales";
Que, en ese marco fáctico y normativo, por razones de organización y en virtud de la
trascendencia institucional y económica del servicio en análisis, como así también la
necesidad de atender eficientemente a los distintos requerimientos y demandas
derivados de su uso cotidiano, deviene necesario establecer una unidad organizativa
con competencia material específica a fin de centralizar el control y análisis de los
trámites, mediante un equipo de trabajo afectado exclusivamente a tal fin;
Que, en consecuencia, resulta conveniente y oportuno crear la Coordinación
Liquidaciones y Pagos Judiciales en el ámbito del Departamento Control Legal, cuya
función será controlar la legalidad de los trámites relacionados con liquidaciones y
pagos judiciales bajo dependencia funcional directa del referido Departamento;
Que el establecimiento de tal unidad organizativa posibilitará centralizar todos los
canales y sistemas de control necesarios a fin de la gestión del procedimiento en trato
y unificar criterios de actuación que permitan un desarrollo eficiente y económico de
acuerdo a sus fines;
Que, de acuerdo al plexo normativo, el profesional designado percibirá honorarios
como Jefe de División, de acuerdo con lo previsto en el Decreto N° 2147/84,
modificado por su similar N° 7.863/86;
Que, más allá de lo expuesto en el considerando precedente, tal medida no implicará
aumento presupuestario adicional para esta jurisdicción;
Que, por lo tanto, corresponde el dictado del acto administrativo por cuyo conducto se
establezca la mentada coordinación, a la vez que se designe al agente que, como
coordinador, estará a su cargo;
Por ello, en uso de las facultades propias,
Artículo 1°.- Establécese, a partir del 1° de octubre de 2019, la Coordinación
Liquidaciones y Pagos Judiciales en el ámbito del Departamento Control Legal de la
Dirección Técnica y Legal de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de
esta Procuración General.
Artículo 2°.- Desígnase, a partir del 1° de octubre del corriente, al Dr. Mauricio Amadeo
Fischietti Margulis (DNI N° 17.663.906, CUIL N° 20-17663906-8), Coordinador de la
Coordinación Liquidaciones y Pagos Judiciales dependiente del Departamento Control
Legal de la Dirección Técnica y Legal de la Dirección General Técnica, Administrativa
y Legal de esta Procuración General.
Articulo 3°.- Dispónese que el profesional designado percibirá honorarios como Jefe de
División, de acuerdo con lo previsto en el Decreto N° 2147/84, modificado por su
similar N° 7.863/86, y que mantiene el nivel alcanzado en la carrera escalafonaria a la
fecha del dictado de la presente. El puntaje de su participación en los honorarios será
con arreglo a las funciones efectivamente desempeñadas a partir de las
responsabilidades conferidas en la presente resolución.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Procuraciones Generales Adjuntas, a las Direcciones Generales y
a la Unidad de Auditoria Interna de esta Procuración General. Pase a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal, la que a través de la Dirección Recursos
Humanos deberá practicar notificación fehaciente al interesado. Cumplido. Archívese.
Astarloa
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