RESOLUCIÓN 1460 2003 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

PRORROGA EN TODOS SUS TÉRMINOS LA RESOLUCIÓN  739-SOYSP-03 - PRÓRROGA DE PLAZOS - MODIFICACIÓN - DECRETO ORDENANZA 10407-47 - TEXTO CALLES CON  SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN -  RESTITUCIÓN DE DOBLE SENTIDO CIRCULATORIO - DOBLE MANO - AV. BELGRANO - CASCO HISTÓRICO -    PROHIBICIÓN ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAR - MODIFICACIÓN DE RECORRIDO DE COLECTIVOS - LÍNEA 24 - LÍNEA 28 -   126 -  103 - 86 -   61 -    64 -  130 -  143 - 152 -  152 

Publicación:

25/11/2003

Sanción:

18/11/2003

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto la Nota N° 966/DGTYT/03, la Resolución N° 739/SOYSP/2003 (B.O.C.B.A. N° 1735) por la cual se restituyera doble sentido circulatorio asimétrico a la Av. Belgrano entre Perú y Av. Pte. Julio Argentino Roca, y

CONSIDERANDO:

Que ante el dictado de la Ley N° 954 (B.O.C.B.A. N° 1606) que prohíbe la circulación de vehículos de transporte público de pasajeros por arterias del área denominada Casco Histórico de la Ciudad, se sancionó la Resolución del Visto, asignando con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, doble sentido circulatorio asimétrico a la Av. Belgrano entre Perú y Av. Pte. Julio Argentino Roca;

Que el artículo 4° de la Resolución N° 739/SOYSP/2003 (B.O.C.B.A. N° 1735) prohíbe, además, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, el estacionamiento general de vehículos durante las 24 hs., junto al cordón de la acera norte de la Av. Belgrano entre Perú y Av. Pte. Julio Argentino Roca;

Que el artículo 5° de la Resolución N° 739/SOYSO/2003 (B.O.C.B.A. N° 1735) modificó, asimismo, recorridos de líneas de autotransporte público de pasajeros en el sector;

Que por medio de la Resolución N° 208/SSTYT/2003 (B.O.C.B.A. N° 1745), se fijó a partir de las 11 horas del día 29 de julio de 2003, la implementación de las medidas aprobadas por Resolución N° 739/SOYSP/2003 (B.O.C.B.A. N° 1735);

Que ante la experiencia recogida, se ha observado la conveniencia de prorrogar el mecanismo circulatorio en cuestión, teniendo en cuenta que a través del Expediente N° 60.029/2003 tramita el pertinente proyecto de Ley a ser elevado a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que la medida se concrete con carácter definitivo;

Por ello, conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/2000 (B.O.C.B.A. N° 926);

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Prorrógase en todos sus términos la Resolución N° 739/SOYSP/2003 (B.O.C.B.A. N° 1735), hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se expida sobre el particular en el Expediente N° 60.029/2003 por el cual tramita el pertinente proyecto de Ley.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, remítase copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte la que comunicará a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Transporte de la Nación, y a la Dirección General de Seguridad Vial. Cumplido archívese. Fatala

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Res. 1460-SOYSP-03 Art. 1 Prorroga en todos sus términos la Res.739-SOYSP-03