DISPOSICIÓN 337 2019 DIRECCION GENERAL DOCENCIA INVESTIGACION Y DESARROLLO PROFESIONAL
Síntesis:
SE ESTABLECE - UTILIZACIÓN OBLIGATORIA - PLATAFORMA DE REGISTRO INFORMATIZADO DE INVESTIGACIONES EN SALUD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PRIISA.BA - INVESTIGACIÓN EN SALUD - CON PATROCINIO PRIVADO - COMITÉ DE ÉTICA EN INVESTIGACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DOCENCIA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
29/10/2019
Sanción:
04/10/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL DOCENCIA INVESTIGACION Y DESARROLLO PROFESIONAL
VISTO: La Ley 3301 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 58/2011, la
Resolución 1679/MSGC/2019 y el Expediente N° EX-2019-20177594- -GCABA-
DGDIYDP; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3301 sobre Protección de Derechos de Sujetos en Investigaciones en
Salud, establece el régimen para la actividad de investigación en salud con seres
humanos, de conformidad con la Ley Básica de Salud N° 153 (Texto consolidado por
Ley N° 6.017);
Que, el artículo 2 de la mencionada Ley prevé como ámbito de aplicación los
subsectores públicos y privados del sistema de salud de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que el artículo 25 del mismo cuerpo legal establece que el Ministerio de Salud de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la autoridad de aplicación de la citada norma;
Que mediante el Decreto N° 58/2011 se aprobó la reglamentación de la Ley 3301
(Texto consolidado por Ley N° 6.017) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26
de la misma;
Que a través de la Resolución N° 1679/MSGC/2019 se creó la Plataforma de Registro
Informatizado de Investigaciones en Salud de la Ciudad de Buenos Aires (PRIISA.BA),
estableciendo la misma como único sistema de Registro Centralizado de
Investigaciones en Salud de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en la mencionada Resolución se delegó en la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional la aprobación de los aspectos operativos para la
implementación de la PRIISA.BA;
Que desde junio de 2019 en adelante se han realizado capacitaciones referidas a la
utilización de la misma destinadas a los Comités de Ética públicos y privados,
investigadores y patrocinadores;
Que, si bien es preciso prever un tiempo considerable de transición hacia la
implementación definitiva de la plataforma, resulta necesario establecer la fecha en
que la misma resultará de utilización obligatoria para todos los actores involucrados en
la actividad;
Que, en virtud de las especiales características que diferencian a la investigación
patrocinada, de aquella que se realiza sin financiamiento, corresponde prever fechas
diferentes de utilización obligatoria.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 4 de la Resolución N°
1679/MSGC/2019,
Artículo 1.- Establécese la utilización obligatoria de la Plataforma de Registro
Informatizado de Investigaciones en Salud de la Ciudad de Buenos Aires (PRIISA.BA),
resultando plenamente operativa la Resolución N° 1679/MSGC/2019 para toda
investigación en salud con patrocinio privado que ingrese a un Comité de Ética en
Investigación a partir del día 1 de diciembre de 2019.
Artículo 2.- Establécese la utilización obligatoria de la Plataforma de Registro
Informatizado de Investigaciones en Salud de la Ciudad de Buenos Aires (PRIISA.BA),
resultando plenamente operativa la Resolución N° 1679/MSGC/2019 para toda
investigación en salud que no se halle alcanzada por el Artículo 1° de la presente que
ingrese a un Comité de Ética en Investigación a partir del día 1 de enero de 2020.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos gírese al Comité Central de Ética en
Investigación y comuníquese a todos los Comités de Ética en Investigación que se
encuentren acreditados a la fecha de firma de la presente. Cumplido, archívese.
Antonietti