DISPOSICIÓN 7 2003 DIRECCION GENERAL DE COORDINACION LEGAL

Síntesis:

DEFINE LOS CIRCUITOS DE CIRCULACIÓN DE LA INFORMACIÓN EN LA DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN LEGAL - ASIGNA RESPONSABILIDADES. SUPRIME FUNCIONES - SUPRESIÓN DE FUNCIONES - DEPARTAMENTO COMPILACIÓN DE NORMAS - ASIGNACIÓN DE FUNCIONES - CARMEN SAVASTANO - MARIEL ORTEGA - ANDREA CORIA - PROGRAMA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN - CONSULTA DE NORMAS - SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA - TRANSFERENCIA DE DOCUMENTACIÓN - BASE NORMATIVA - FICHEROS - ELIMINACIÓN DE SOPORTE PAPEL - DERIVACIÓN DE CONSULTAS - DEPARTAMENTO DE BOLETÍN OFICIAL - DEPARTAMENTO DE REGISTRO - DEPARTAMENTO DE MESA DE ENTRADAS

Publicación:

26/11/2003

Sanción:

25/11/2003

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COORDINACION LEGAL


Visto el Decreto N° 1.646/GCBA/00 y el avance en el desarrollo del Sistema de Información Normativa, y

CONSIDERANDO:

Que, por la norma citada en el Visto se creó el Programa Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión;

Que, el Programa se encuentra desarrollando el Sistema de Información Normativa con el objeto de incorporar la tecnología informática para la consulta relacional de normas y actos administrativos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Sistema ha permitido avanzar tecnológicamente en la superación de la manipulación manual de la documentación consultada, mejorando de esta manera las condiciones de prestación del servicio que se brinda por parte de la Dirección General de Coordinación Legal;

Que corresponde en esta etapa del proceso adecuar las funciones que se llevan adelante en la Dirección General de Coordinación Legal a fin de optimizar el uso de los recursos asignados a esta unidad orgánica y posibilitar el mejor desempeño de las personas que prestan servicios en la Dirección General, discontinuando los servicios que se encuentran duplicados, en beneficio de una mejor asignación de los instrumentos y personas al servicio de la política pública;

Que obran en el entonces Departamento de Compilación de Normas ficheros clasificadores de documentación y carpetas con copias de la documental clasificada temáticamente, respecto de los cuales debe verificarse su inclusión en el Sistema de Información Normativa, volcarse a soporte magnético o digital para su mejor resguardo, y posterior a la eliminación del soporte papel en el que se encuentran dichas piezas documentales;

Que las acciones a desarrollar en este sentido no pueden soslayarse y deben ser encaradas metódicamente, correspondiendo su conducción, en mérito a razones de unicidad de criterios a la Coordinación del Programa de Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión;

Que, por otra parte, las personas que prestan servicios en el entonces Departamento de Compilación de Normas, reciben gran cantidad de consultas internas y externas relacionadas con la normativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, actividad que lleva adelante el citado Sistema de Información, siendo éste uno de los aspectos esenciales tenidos en cuenta a la hora de crear el programa citado en el Visto;

Que a fin de ordenar adecuadamente los servicios que se prestan por parte de esta Dirección General a los usuarios externos e internos, corresponde ordenar la derivación de las consultas que se reciben, por nota, correo electrónico o telefónicamente, al Programa de Acceso a la Información de Gobierno y Transparencia en la Gestión, en el estado que las mismas se encuentren, así como también informar a la áreas usuarias que deben dirigir sus inquietudes al servicio que presta el citado Programa;

Que, asimismo, se debe avanzar en la capacitación y el uso de los aplicativos diseñados para relacionar y sistematizar las normas de la Ciudad en soporte digital, eliminando progresivamente el uso del papel, resguardando la calidad de la prestación del servicio;

Que atento lo expuesto, resulta necesario definir los circuitos de circulación de la información, determinar las funciones que deben cumplir las personas que prestan servicios en la Dirección General en aquellos servicios que se discontinúan, asignando los recursos físicos, presupuestarios y la colaboración del personal disponible en los mismos para su integración al Programa de Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión;

Que, la realización de estas acciones permitirá completar el proceso de desarrollo e instalación del Sistema de Información Normativa, en lo que será un salto cualitativo en el servicio que brindara la Dirección General;

Que por otra parte, con el tradicional soporte papel, en la actualidad resulta imposible satisfacer plenamente y en debido tiempo el derecho de la ciudadanía a acceder a toda la información de los actos de gobierno y normativa vigente, mientras que los medios digitales garantizan un acceso integral y oportuno a la misma;

Que, este derecho de los ciudadanos a acceder a la información de los actos de gobierno, también comprende el de conocer el circuito de los trámites que en cada caso correspondan;

Que, el Coordinador General del Programa Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión, responsable operativo de llevar adelante las acciones necesarias para la integración resuelta, se encuentra en una situación de inmediatez, física y temática, que le permite conducir el complejo proceso y realizar las correcciones que su desarrollo amerite, para la conducción del grupo de trabajo que por la presente se asigna para la colaboración efectiva en las acciones que lleva a delante el Programa, los que se desempeñaban en el entonces Departamento de Compilación de Normas;

Que, efectivamente, los cambios que se efectúan apuntan a consolidar un sistema más eficiente de circulación de la información, con cambios mínimos en cuanto a los aspectos físicos, toda vez que los agentes involucrados en el proceso prestan servicios en la misma oficina que el citado Programa y se encuentran trabajando en los mismos temas que el mismo, sólo que priorizando la actualización de la información en soporte papel;

Que asimismo, corresponde disponer que la derivación de las consultas desde los entonces Departamento de Boletín Oficial, Registro y Mesa de Entradas, así como desde la Dirección Legal deben efectuarse directamente al Programa Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión;

Que el Boletín Oficial debe proveer diariamente la información que publica al Programa Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión a fin de posibilitar su procesamiento, análisis y actualización en tiempo real;

Por ello, en ejercicio de atribuciones que le son propias;

LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN LEGAL

DE LA SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y LEGAL Y TÉCNICA

DISPONE:

Artículo 1° - Suprímense las funciones que tenían asignadas las personas que se desempeñaban en el entonces Departamento de Compilación de Normas de la Dirección General de Coordinación Legal y cuya nómina integra el Anexo I de la presente.

Artículo 2° - Asígnase a las personas individualizadas en el Anexo I la función de colaborar en la ejecución del Programa Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión, en la forma que les indique la Coordinación General del citado Programa.

Artículo 3° - Transfiérense al Programa Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión las bases y ficheros documentales, así como el patrimonio de la Dirección General de Coordinación Legal, que se encontraba en custodia del ex Departamento de Compilación de Normas. Encomiéndase a las agentes de planta permanente individualizadas en el Anexo I el inventario, que a tales efectos deberá efectuarse dentro de los dos días de notificada la presente.

Artículo 4° - Instrúyese al entonces Departamento de Boletín Oficial, al entonces Departamento de Registro, a la entonces Dirección Legal y al entonces Departamento de Mesa de Entradas a fin de que deriven las consultas sobre normativa, efectuadas por usuarios internos o externos al Programa Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión. La Coordinación General del mismo puede modificar la forma de brindar la información adecuándola a las nuevas tecnologías en implementación, garantizando la calidad del servicio utilizando a tal efecto la capacidad instalada en las áreas citadas de la Dirección General y priorizando la respuesta en soporte digital, cuando resulte factible.

Artículo 5° - Instrúyese al entonces Departamento de Registro para que facilite al Programa Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión, con los medios a su alcance, la implementación del proceso de digitalización de los Decretos, Convenios y Actas que hasta el presente sólo se encuentran en soporte papel o microfilmados.

Artículo 6° - Instrúyese al entonces Departamento de Boletín Oficial a fin de que tome las previsiones necesarias a fin de facilitar al Programa Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión, el acceso de la documentación publicada en el Boletín Oficial al momento de su publicación.

Artículo 7° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y pase para su notificación, cumplimiento y demás efectos a la Unidad de Coordinación Administrativa Legal de la Dirección General de Coordinación Legal y al Programa de Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión dependientes de la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Tanuz

ANEXO

Anexo I


ANEXOS

ANEXO

Anexo I

Savastano, Carmen Virginia F.C. N° 281.153
Ortega, Mariel Marta F.C. N° 320.663
Coria, Andrea Mariana D.N.I. 18.149.307

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA