DECRETO 200 2019 VICEPRESIDENCIA PRIMERA

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - DECRETO 273-VP-07 - SE APRUEBA - REGLAMENTO DE AFILIACIÓN DEL SERVICIO DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL - LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ENTRADA DE VIGENCIA ESPECIAL  - 01 DE OCTUBRE DE 2019 - DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN

Publicación:

05/11/2019

Sanción:

03/10/2019

Organismo:

VICEPRESIDENCIA PRIMERA


 TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 02/02/2023

VISTO, el Expediente N° 19259.03/SA/2019, la Ley N° 2.109 y el Decreto N° 273-VP-

2007, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1° de la Ley N° 2.109 establece que el Servicio de Salud y Asistencia

Social de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su carácter de

obra social del personal de la misma, tendrá como objeto el financiamiento y control de

la prestación de servicios preventivos, asistenciales y recuperatorios de salud, de

carácter igualitario y solidario, destinados a la totalidad de los legisladores y

empleados, su grupo familiar primario y adherentes que se incorporen de acuerdo al

reglamento del servicio.

Que, el artículo 7° de la Ley N° 2.109 dispone que aquellas personas que pueden

acceder a la cobertura del citado Servicio.

Que, el artículo 4° de la Ley N° 2.109 dispone que la Vicepresidencia Primera deberá

dictar la reglamentación correspondiente a los requisitos para la afiliación y el

otorgamiento del carácter de beneficiarios a personas comprendidas en los dos

últimos párrafos del artículo 7°.

Que, por Decreto N° 273-VP-2007 se aprobó el Reglamento de Altas de Afiliados del

Servicio de Salud y Asistencia Social de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

Que, se estima conveniente y necesario proceder a la modificación del citado

Reglamento.

Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le

compete;

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.-- Déjese sin efecto el Decreto N° 273-VP-2007 a partir del 30 de

septiembre de 2019.

Artículo 2°.- Apruébase el Reglamento de Afiliación del Servicio de Salud y Asistencia

Social de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires obrante como Anexo

I del presente.

Artículo 3°.- Déjese establecido que el Reglamento aprobado en el artículo 2° del

presente Decreto, entrará en vigencia el 01 de octubre de 2019.

Artículo 4°.- Desígnase como autoridad de aplicación del Reglamento aprobado en el

artículo 2° del presente al Administrador General del Servicio de Salud y Asistencia

Social.

Artículo 5°.- Regístrese, publíquese, y oportunamente, archívese. Anzorreguy -

Quintana


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5735

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 1 del Decreto 200-VPSP-19 deja sin efecto el Decreto 273-VP-2007, a partir del 30 de septiembre de 2019. </p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto 184/LCABA/CP/22, aprueba la modificación de los artículos 4° y 5° del Anexo I del Decreto N° 200/VP/2019.</p>