DECRETO 380 2019

Síntesis:

SE DEROGA DECRETO 975-95 - SE FIJAN MONTOS - PREMIOS - SALÓN ANUAL DE MANCHAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - ORDENANZA  36689 - FIJA RETRIBUCIÓN - MIEMBROS DEL JURADO

Publicación:

05/11/2019

Sanción:

01/11/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ordenanza N° 36.689 (texto consolidado por Ley N°6.017), el Decreto N°

975/95 y el Expediente Electrónico 2018-29357298-MGEYA-DGPMYCH, y

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza N° 36.689 (texto consolidado por Ley N°6.017) se aprobó el

Régimen de Concursos y Premios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los

que se encuentra el Salón Anual de Manchas de la Ciudad de Buenos Aires;

Que dicho Salón Anual otorga un primero, segundo y tercer premio, los que tendrán

carácter de adquisición, y diez premios estímulo, entre las obras seleccionadas en los

concursos preliminares que se efectúan anualmente;

Que el artículo 64° de la referida ordenanza establece que el entonces Departamento

Ejecutivo de la Ciudad fijará los montos de los premios los que deberán ajustarse a las

proporciones allí indicadas;

Que el artículo 75° establece que los premios del Salón Anual serán discernidos por

un Jurado integrado por cinco (5) miembros designados por el entonces Departamento

Ejecutivo, en la forma determinada por el artículo 9° de dicha ordenanza;

Que el Decreto N° 975/95 fijó los montos de los premios correspondientes al Salón

Anual de Marchas de la Ciudad de Buenos Aires previsto por la Ordenanza N° 36.899

(texto consolidado Ley N° 6017);

Que mediante el Expediente Electrónico N° 2018-29357298-MGEYA-DGPMYCH, la

Dirección General Patrimonio, Museos y Casco Histórico del Ministerio de Cultura

propicia el dictado del acto administrativo que fije los nuevos montos correspondientes

a los referidos premios, así como también los honorarios de los jurados intervinientes

en dicho Salón Anual;

Que la indicada Dirección General cuenta con los fondos suficientes en las partidas

presupuestarias asignadas a tal de afrontar el gasto correspondiente, de acuerdo a lo

indicado bajo N° IF-2019-20421244-CCABA-DGPMYCH;

Que en virtud de lo expuesto, y a fin de asegurar el normal desenvolvimiento de las

actividades a desarrollar en el marco del Salón Anual, resulta procedente fijar los

montos de los indicados premios y la retribución de cada uno de los miembros del

jurado del mismo;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete en virtud de las disposiciones de la Ley 1218 (t.c Ley N°

6017).

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Derógase el Decreto N° 975/95.

Artículo 2°.- Fíjanse los montos de los premios correspondientes al Salón Anual de

Manchas de la Ciudad de Buenos Aires, previsto por Ordenanza N° 36.689 (texto

consolidado Ley N° 6017), de acuerdo a la siguiente distribución:

a) Primer premio adquisición por la suma de pesos doce mil ($ 12.000);

b) Segundo premio adquisición por la suma de pesos seis mil ($ 6.000);

c) Tercer premio adquisición por la suma de pesos tres mil seiscientos ( $ 3.600);

d) Premio estímulo por la suma de pesos mil ochocientos ($ 1.800) cada uno.

Artículo 3°.- Fíjase la retribución de cada uno de los miembros del jurado del Salón

Anual de Manchas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la suma de pesos mil

ochocientos ($ 1.800).

Artículo 4°.- El gasto correspondiente se imputará a la partida correspondiente del

presupuesto en vigor.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y

de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese para su conocimiento y fines pertinentes a los Ministerios de Cultura y

de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro -

Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 2° del Decreto N° 380/19 fija los montos de los premios correspondientes al Salón Anual de Manchas de la Ciudad de Buenos Aires, previsto por Ordenanza N° 36.689.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 380/19 deroga el Decreto N° 975/95.</p>