RESOLUCIÓN 58 2019 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA

Síntesis:

SE APRUEBAN - CRITERIOS - PROCEDIMIENTO - CONFECCIÓN DEL INFORME DE DESARROLLO DE CAPACIDADES SABERES ESPECÍFICOS Y COMPETENCIAS ADQUIRIDAS - ESCUELAS DE NIVEL SECUNDARIO - GESTIÓN ESTATAL - GESTIÓN PRIVADA - ALUMNOS - ESTUDIANTES - DISCAPACIDAD TEMPORALES O PERMANENTES -  INCLUSIÓN ESCOLAR -  PAUTAS PARA LA CERTIFICACIÓN Y TITULACIÓN DE LOS ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD EN EL NIVEL SECUNDARIO - ESCUELAS NORMALES - ESCUELAS MEDIAS - MODALIDADES EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL - ESCUELAS TÉCNICAS -EDUCACIÓN ARTÍSTICA - ESCUELAS ARTÍSTICAS - EDUCACIÓN PERMANENTE DE JÓVENES Y ADULTOS

Publicación:

07/11/2019

Sanción:

28/10/2019

Organismo:

SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA


VISTO: Ley Nacional N° 26.206, la Resolución del Consejo Federal de Educación N°

311/16, las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria

5.960, la Resolución Nacional N° 2509-APNMEyD/17, la Resolución N° 3.898-

MEIGC/19, el Expediente Electrónico N° 26.272.611-GCABA-DGEGE/19, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 26.206, establece que la cartera educativa nacional en

acuerdo con el Consejo Federal de Educación, creará las instancias institucionales y

técnicas necesarias para la orientación de la trayectoria escolar más adecuada de

los/as estudiantes con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los

niveles de la enseñanza obligatoria, así como también las normas que regirán los

procesos de evaluación y certificación escolar;

Que por la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 311/16 se propiciaron las

condiciones para la inclusión escolar al interior del sistema educativo argentino, para el

acompañamiento de las trayectorias escolares de los/as estudiantes con discapacidad;

Que la Resolución de Ministerio de Educación y Deportes de la Nación N° 2509-APN-

MEyD/17, aprobó el documento "GUÍA DE ORIENTACIÓN PARA LA APLICACIÓN DE

LA RESOLUCIÓN, del Consejo Federal de Educación N° 311 de fecha 15 de

diciembre de 2016";

Que la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, aprobó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando que corresponde al

Ministerio de Educación e Innovación asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente a

sus competencias de acuerdo a diferentes objetivos, entre ellos, diseñar, promover,

implementar y evaluar las políticas, programas y proyectos educativos y sociales que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social;

Que atento ello, y en el marco del citado contexto normativo, por la Resolución N°

3898-MEIGC/19 se aprobaron para esta jurisdicción, las pautas para la certificación y

titulación de los estudiantes con discapacidad en el nivel secundario de escuelas

normales y medias, y para las modalidades educación técnica profesional, educación

artística, y educación permanente de jóvenes y adultos, de escuelas de Gestión

Estatal y Gestión Privada, de conformidad con lo detallado en el Anexo I que forma

parte integrante de la misma;

Que asimismo, la citada Resolución aprobó el Informe de Desarrollo de Capacidades,

Saberes Específicos y Competencias Adquiridas;

Que por su parte en su artículo 3° encomendó en esta Subsecretaría de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa, las facultades para establecer los criterios y el

procedimiento para la confección del informe de desarrollo de capacidades, saberes

específicos y competencias adquiridas aprobado por la Resolución N° 3898-

MEIGC/19;

Que las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Gestión Privada y

de Escuelas Normales y Artísticas, todas dependientes de esta Subsecretaría, han

articulado acciones mancomunadas a efectos de establecer los criterios y el

procedimiento para la Confección del Informe de Desarrollo de Capacidades, Saberes

Específicos y Competencias Adquiridas, para escuelas de nivel secundario de gestión

estatal y de gestión privada;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete;

Que en virtud de lo expuesto resulta oportuno el dictado del acto administrativo en

dicho sentido. Por ello, en uso de las facultades conferidas por Resolución 3898-

MEIGC/19

LA SUBSECRETARIA

DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébanse los criterios y el procedimiento para la confección del Informe

de Desarrollo de Capacidades, Saberes Específicos y Competencias Adquiridas

aprobado por la Resolución N° 3898-MEIGC/19, para escuelas de nivel secundario de

gestión estatal y de gestión privada, conforme lo establecido en el Anexo (IF-

26274136-GCABA-DGEGE-19), el que a todos los efectos forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a

las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Gestión Privada, de

Escuelas Normales y Artísticas y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido,

archívese. Bruzos Bouchet


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5737

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 58-SSCPEE-19 aprueba los criterios y el procedimiento para la confección del Informe de Desarrollo de Capacidades, Saberes Específicos y Competencias Adquiridas para escuelas de nivel secundario de gestión estatal y de gestión privada, aprobado por la Resolución 3898-MEIGC-19. </p>