DECRETO 6271 1988

Síntesis:

PROMULGA ORDENANZA N°42.924

Publicación:

09/09/1988

Sanción:

31/08/1988

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto la sanción de la Ordenanza N° 42.924 por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión del día 18 de agosto de 1988, y

CONSIDERANDO:

Que se debe proceder a su promulgación en tiempo y forma,

Por ello,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1° - Promúlgase la Ordenanza N° 42.924, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión del día 18 de agosto de 1988.

Art. 2° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, General de la Intendencia y Economía.

Art. 3° - Dése al Registro Municipal, gírese copia a la Dirección General Legislativa del Honorable Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Procuración General, a la Dirección General del Personal, al Instituto Municipal de Previsión Social y a la Subsecretaría de Economía.

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