RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 1061 2019 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

SE PRORROGA - OBLIGATORIEDAD DE USO DE FIRMA DIGITAL - NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS - CONFECCIÓN DE CÉDULA PAPEL EN EL PORTAL - JUICIOS DE EJECUCION FISCAL - NOTA ELECTRÓNICA - MAGISTRADOS - TRIBUNALES DE PRIMERA Y SEGUNDA INSTANCIA - ORGANISMOS - FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO  - RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 943-19

Publicación:

21/11/2019

Sanción:

15/11/2019

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: La Resolución de Presidencia N° 943/2019, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada Resolución se dispuso la obligatoriedad de la firma Digital

Magistrados/as y Funcionarios/as a partir del 19 de Octubre de 2019, siendo

obligatorio el uso de la Firma Digital exclusivamente para Magistrados/as y

Funcionarios/as de los Tribunales de Primera Instancia y organismos implementados

en EJE del fuero Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la

CABA, en toda clase de procesos.

Que asimismo, los Arts. 4°, 5° y 6° disponen la obligatoriedad de acompañar copias

digitales, la obligatoriedad de las notificaciones electrónicas y confección de cédula

papel en el portal. juicios y la obligatoriedad de la nota electrónica en juicios de

ejecución fiscal.

Que conforme lo informado por la Dirección de Informática y Tecnología, al día de la

fecha continúa el proceso de registro de nuevos litigantes, y no se ha completado aún

la constitución de domicilio electrónico en todos los juicios de EJF del fuero

Contencioso Administrativo y Tributario.

Que en virtud de lo expuesto corresponde prorrogar la obligatoriedad dispuesta por los

artículos 4°, 5° y 6° de la Resolución mencionada hasta el lunes 2 de diciembre de

2019.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 25, Inc. 4, de la Ley 31,

LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Prorrogar la obligatoriedad dispuesta por los artículos 4°, 5° y 6° de la

Resolución mencionada hasta el lunes 2 de diciembre de 2019.

Art. 2°: Regístrese, comuníquese a las Comisiones Permanentes y la Oficina de

Administración y Financiera; a la Presidencia de las Cámaras de Apelaciones en lo

Contencioso Administrativo y Tributario y Penal, Contravencional y de Faltas; a las

Secretarías del Consejo de la Magistratura; al Tribunal Superior de Justicia, al

Ministerio Público y el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, publíquese

en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; en la página de internet del

Consejo de la Magistratura www.consejo.jusbaires.gob.ar y en el sistema de gestión

Expediente Judicial Electrónico y la Consulta Pública de Causas y, oportunamente,

archívese. Maques

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución de Presidencia 1061-CMCABA-19 prorroga la obligatoriedad dispuesta por los Art. 4, 5 y 6 de la Resolución de Presidencia 943-CMCABA-19 hasta el lunes 2 de diciembre de 2019.</p>