RESOLUCIÓN 4793 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE MODIFICA PLAZO DE VIGENCIA- RESOLUCIÓN 446-MHGC-16 - ASIGNACIONES DE SUPLEMENTO DE GABINETE - UNIDADES RETRIBUTIVAS - PAUTAS PARA EL EXCEDENTE DE UNIDADES RETRIBUTIVAS DEL RÉGIMEN MODULAR DE PLANTAS DE GABINETE - PERSONAL DE PLANTA DE GABINETE Y TRANSITORIA
Publicación:
25/11/2019
Sanción:
20/11/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias,
5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias y 5.640 (texto consolidado
por Ley N° 6.017), el Decreto N° 363/15 y modificatorios, la Resolución N° 446-
MHGC/16 y modificatorias, la Resolución N° 2262-SSGRH/16 y modificatorias, y el
Expediente Electrónico N° 35.736.053-GCABA-DGPLYCO-2019, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 45 de la Ley N° 471 y modificatorias establece que el régimen de
prestación de servicios de los trabajadores de Gabinete de las Autoridades Superiores
estará reglamentado por el Poder Ejecutivo;
Que la Ley N° 5.460 y modificatorias establece que corresponde al Ministro de
Economía y Finanzas la facultad, entre otras, de "Diseñar, implementar y supervisar la
aplicación de la política salarial del Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos
Aires";
Que mediante el Decreto N° 363/15 y modificatorios se aprueba el Régimen Modular
de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores, que se integra con las
Unidades Retributivas allí indicadas;
Que en el marco de la Resolución N° 446-MHGC/16 y modificatorias, se establecen
las pautas para la administración del excedente de las Unidades Retributivas del
Régimen Modular, establecido en el Decreto N° 363/15 y modificatorios, asignadas y
no utilizadas, mediante la creación del concepto denominado "Suplemento de
Gabinete";
Que el artículo 1° inciso a) de la citada Resolución establece los alcances del
Suplemento de Gabinete y, entre ellos determina que la asignación del suplemento
tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de cada año;
Que asimismo, el artículo 5° del Anexo I de la Resolución N° 2262-SSGRH/16 y
modifcatorias que aprueba el procedimiento para la asignación de unidades
retributivas como Suplemento de Gabinete, establece que: "El plazo de la asignación
del Suplemento de Gabinete no podrá ser inferior a UN (1) mes y no será fraccionable.
La asignación de Unidades Retributivas deberá otorgarse como mínimo desde el
primer día al último del mes";
Que de conformidad con los principios consagrados en la Ley N° 5.640, proceso de
transición republicano y a los fines operativos, se considera conveniente modificar de
manera excepcional y por única vez lo establecido con relación al plazo de vigencia y
el criterio de asignación del Suplemento de Gabinete;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos ha tomado la intervención de
su competencia.
Por ello y en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Modifícase por única vez y de forma excepcional el plazo de vigencia
establecido en la Resolución N° 446-MHGC/16 y modificatorias para las asignaciones
de Suplemento de Gabinete efectuadas a partir del 10 de diciembre de 2019,
estableciéndose que las asignaciones tendrán vigencia hasta 31 de diciembre de
2020, o cuando cese en sus funciones la Autoridad Superior de la repartición en la que
revista presupuestariamente el agente que percibe dicho Suplemento, o cuando esta
última disponga el cese de la asignación, lo que primero ocurra.
Artículo 2°.- Establécese por única vez y de forma excepcional que las asignaciones
del suplemento de gabinete efectuadas hasta el 31 de enero de 2020 podrán ser
retroactivas al 10 de diciembre de 2019 y podrán asignarse por períodos inferiores a
un (1) mes.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del
Poder Ejecutivo, o equivalentes según Jurisdicción, y a los Organismos
Descentralizados y Entes Autárquicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Cumplido, archívese. Mura