DECRETO 34 2003

Síntesis:

CONVALIDA LA ADSCRIPCIÓN DEL AGENTE PEDRO L. GALLARDO - LE .8.461.833 - L.N° 9.240 - EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CONVALIDACIÓN - ADSCRIPCIÓN DE AGENTES - ADSCRIPCIONES

Publicación:

02/12/2003

Sanción:

14/04/2003

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 17.775/SA/02, y

CONSIDERANDO

Que mediante el citado Expediente tramita la solicitud de prórroga de adscripción del agente Pedro Leonardo Gallardo (LE .8.461.833 - Legajo N° 9.240) para continuar prestando servicios en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 229/VP/01, se autorizó el traslado del citado agente a esa Secretaría a partir de la fecha de notificación de dicho acto administrativo, y por el término de ciento veinte (120) días;

Que dicha solicitud está encuadrada dentro de los términos de los artículos 3° y 6° del Decreto N° 103/VP/02;

Que por lo expuesto corresponde acceder a dicha prórroga;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias de conformidad con lo establecido en los artículos 71 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y 88 del Reglamento Interno de este Cuerpo,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Convalídase el período comprendido desde 20 de mayo de 2002 y por el término de ciento veinte (120) días como prórroga de la adscripción del agente Pedro Leonardo Gallardo (LE 8.461.833, Leg. N° 9.240), para continuar prestando servicios en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 2° - El agente Pedro Leonardo Gallardo deberá presentar ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una certificación de servicios mensual a efectos de justificar su asistencia al Organismo solicitante para proceder a la percepción de sus haberes.

Artículo 3° - Déjase establecido que el día 20 de septiembre de 2002, fecha de vencimiento del plazo señalado en el artículo 1°, el agente de referencia deberá reintegrarse en forma automática a este Organismo.

Artículo 4° - Notifíquese a través de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos al agente mencionado en el artículo 1° lo dispuesto en el presente acto.

Artículo 5° - Líbrese comunicación del presente, a través de la Dirección General Despacho Administrativo a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 6° - Publíquese en Boletín Oficial.

Artículo 7° - Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Despacho Administrativo, Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Caram - Donatelli

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dto. 34-03 convalida y prorroga el plazo de la adscripción de Pedro Gallardo como personal de Planta Permanente en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos autorizada por Dto. 229-01
REFERENCIA