DECRETO 38 2003

Síntesis:

DECLARA DE LEGÍTIMO ABONO EL GASTO EN CONCEPTO DE SERVICIO DE OPERACIÓN DEL SISTEMA DE PUBLICACIÓN WEB DE LA COMISIÓN POR LA VERDAD 20 DE DICIEMBRE - DECLARACIÓN DE LEGÍTIMO ABONO - PAGO DE SERVICIOS - CARLOS ÁLVAREZ - WWW.20DICIEMBRE.ORG.AR - DIPUTADA ALICIA PIERINI - COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS

Publicación:

02/12/2003

Sanción:

14/04/2003

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto, el Expediente N° 19.701/SA/2003, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 la señora Diputada Alicia Pierini, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación, da conformidad a la operación del sistema de publicación web de la Comisión por la Verdad 20 de Diciembre por los meses de noviembre y diciembre del año 2002;

Que a fs. 2 corre Factura N° 0000-00000433, al cobro, presentada por el Técnico Carlos E. Álvarez el día 21 de marzo del corriente año, por la suma total de pesos cuatrocientos ($ 400) en concepto de servicio de operación del sitema web (www.20diciembre.org.ar), por los meses antes mencionados;

Que esta Secretaría a fs. 7 presta conformidad al pago de la suma indicada a los fines de cancelar la deuda correspondiente;

Que, por ser un gasto que no ha sido aprobado en tiempo y forma, y a su vez carece de imputación en el ejercicio 2002, debe declararse, por Decreto, de legítimo abono, en cumplimiento de lo prescripto en la Ordenanza N° 21.704;

Que en uso de las facultades conferidas por Resolución N° 1/97 del Cuerpo Legislativo, por el artículo 88 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 71 de la Constitución local;

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Declárase de Legítimo Abono el presente gasto, en virtud que no ha sido aprobado en tiempo y forma, y carecer el mismo de imputación en el ejercicio 2002.

Artículo 2° - Páguese al Sr. Carlos E. Álvarez, la suma total de pesos trescientos noventa y dos ( $ 392).

Artículo 3° - Ingrésese a la Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario en concepto de retención al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la suma total de pesos ocho ($ 8).

Artículo 4° - Impútese a la partida presupuestaria correspondiente al año en curso la suma total de pesos cuatrocientos ($ 400).

Artículo 5° - Regístrese y pase, para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Gestión Financiera y a la Dirección General Administrativa. Cumplido, archívese en la Dirección General mencionada en primer término. Caram - Donatelli

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