RESOLUCIÓN 4865 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE APRUEBAN PAUTAS - DERECHO AL GOCE Y TRASLADO DE LA LICENCIA ANUAL ORDINARIA - NUEVAS PAUTAS PARA EL OTORGAMIENTO - RÉGIMEN DE LICENCIAS - LEY N° 471 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Publicación:
27/11/2019
Sanción:
25/11/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias, N°
5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias, el Decreto N° 827/01 y el
Expediente Electrónico N° 36060577-GCABA-DGALP-19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471 establece en su Capítulo VI, el Régimen de Licencias aplicable al
personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por su parte, el Decreto N° 827/01, reglamentó el Capítulo mencionado,
determinando las pautas de tiempo, forma y procedimiento que deben seguirse para el
otorgamiento de las licencias que corresponden a los agentes comprendidos en la Ley
N° 471;
Que las conclusiones obtenidas de los estudios realizados sobre la base de la
experiencia recogida durante su aplicación, señalan la necesidad de establecer
nuevas pautas para el otorgamiento de la licencia anual ordinaria;
Que el artículo 17 de la Ley N° 5.460 y su modificatoria, dispone que el Ministerio de
Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene,
entre otras, la competencia de "Diseñar e implementar las políticas de gestión y
administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires";
Que en virtud de lo expuesto, se considera oportuno dictar el presente acto, a fines de
establecer las pautas que determinan el goce y traslado de la licencia mencionada.
Por ello, de conformidad con los términos de la Leyes N° 5.460 (texto consolidado por
Ley N° 6.017) y modificatorias,
Artículo 1°.- Apruébense las pautas que determinan el derecho al goce y traslado de la
licencia anual ordinaria, las que como Anexo I (IF-2019-36098039-GCABA-DGALP)
forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Delegar en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos la facultad
de aprobar aspectos operativos y funcionales vinculados a la solicitud y goce de la
licencia anual ordinaria, así como también el procedimiento de traslado de los periodos
de licencia anual ordinaria no gozados.
Artículo 3°.- Invitar a los distintos escalafones del personal perteneciente al Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a los términos de la presente
resolución, en el marco de sus regímenes particulares.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Organismos de la Administración Pública Centralizada,
Descentralizada y Organismos Fuera de Nivel. Cumplido, archívese. Mura