DISPOSICIÓN 283 2019 SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
Síntesis:
SE APRUEBA - TALLER DE OPERADOR DE BOMBAS CONTRA INCENDIOS - CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTE A BOMBERO CALIFICADO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
Publicación:
05/12/2019
Sanción:
29/11/2019
Organismo:
SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
VISTO: La Ley N° 5688, la Resolución N° 17/ISSP/19, la Nota N°
36868208/SAISSP/19 y el Expediente Electrónico N° 37056275/MGEYA/SGISSP/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5688 (B.O Texto consolidado por Ley N° 6017) establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la mencionada ley erige al Instituto Superior de Seguridad Pública como una
instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública
y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema, entre los que se destaca a los aspirantes a bombero
calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que para integrar el Cuerpo de Bomberos los aspirantes deben aprobar los programas
y requisitos de formación y capacitación que establezca el Instituto Superior de
Seguridad Pública (281 inc. 7 Ley 5688);
Que los aspirantes a Bombero Calificado deben cursar y aprobar el Curso de
Formación Inicial, el régimen de prácticas profesionalizantes y las actividades
extracurriculares y de extensión que determine el Instituto Superior de Seguridad
Pública (Art. 323 Ley 5688);
Que desde otra perspectiva y en igual sentido, en el Libro IV referido al Instituto
Superior de Seguridad Pública, el art. 397 de la Ley 5688 establece que el contenido
del plan de estudios, la organización de la estructura curricular, los contenidos
mínimos exigidos y los objetivos para el dictado de cada materia, las prácticas
profesionalizantes las actividades extracurriculares y de extensión, como también la
duración y características del ciclo lectivo, el régimen y modalidad de cursada, el
régimen de evaluaciones y promociones y demás aspectos que hacen al desarrollo del
curso son establecidos por el Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que por la Resolución N° 17/ISSP/19 se aprobó el "Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad";
Que entre los principios rectores que sigue el Instituto Superior de Seguridad Pública
se encuentra la formación de excelencia (Art. 360 inc. 3 Ley 5688) para la formación
profesional de los actores involucrados con la implementación estratégica de políticas
públicas de seguridad;
Que conforme reza el artículo 7 del Anexo I de la Resolución 14/ISSP/13 "Reglamento
del Instituto Superior de Seguridad Pública", entre los fines y objetivos de esta casa de
estudios, se encuentra el realizar todo tipo de actividad académica que fortalezca su
labor;
Que en tal sentido, se ha advertido la necesidad de acentuar la estrategia didáctica
dentro del plan de estudios en materia de utilización de bombas contra incendios,
haciendo hincapié en las exigencias del accionar del Bombero calificado, los
procedimientos y protocolos de actuación, asi como el desarrollo de aptitudes y
valores necesarios para el ejercicio responsable de estas funciones y labores;
Que en este marco, resultando relevante el desarrollo de prácticas profesionalizantes y
actividades extracurriculares destinadas a formar integralmente a los alumnos del
"Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de
Bomberos de la Ciudad", la Sra. Responsable del Departamento de Formación Inicial
y Superior, mediante Nota N° 36868208/SAISSP/2019 elevó a consideración de esta
instancia el "Taller de Operador de Bombas contra Incendios";
Que se asume oportuno utilizar para el desarrollo del mencionado taller, el espacio
que comprende dentro del Curso de Formación Inicial, la materia Entrenamiento y
Técnicas profesionales;
Que uno de los roles dentro de la dotación de bomberos es la de chofer de
autobombas, que no solo debe conocer conceptos legales y técnicos necesarios para
una conducción segura; también debe saber cómo operar las bombas de las distintas
unidades que posee el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, el mantenimiento básico de
las mismas, la limpieza preventiva periódica de sus partes y reportar oportunamente
las anomalías que advierta a fin de ser resueltas a la brevedad evitando un mayor
deterioro como cualquier tipo de accidente;
Que atento a que el trabajo en equipo requiere que todos los integrantes de la
dotación detenten conocimientos sobre los diferentes roles y que siempre puede
acontecer alguna eventualidad, es necesario que los aspirantes a bombero calificado
adquieran conocimientos y saberes esenciales a efectos de operar de manera segura
y eficaz las bombas contra incendios, proceder a su cuidado y conservación, y de esta
forma, poder efectuar los reemplazos pertinentes y continuar con las tareas sin que se
vea afectada la actuación de la dotación;
Que es clara la importancia que reviste el presente "Taller de Operador de Bombas
contra Incendios", para los aspirantes a Bombero calificado a efectos de desarrollar
adecuadamente su futura labor profesional;
Que a la luz de todo lo expuesto, se impone dictar el acto administrativo
correspondiente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Aprobar el "Taller de Operador de Bombas contra Incendios", destinado a
los alumnos del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del
Cuerpo de Bomberos de la Ciudad" que como Anexo IF N° 37058100/SAISSP/2019
forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Sr. Director del Instituto
Superior de Seguridad Pública, a la Sra. Responsable de la Dirección de Formación
Inicial y Superior del Instituto Superior de Seguridad Pública y al Coordinador de
Capacitación e Instrucción de Bomberos del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. Unrein