RESOLUCIÓN 17 2019 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
DEJAR SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 41-ISSP-18 - APRUEBA - CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTE A BOMBERO CALIFICADO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PROGRAMA - PLAN DE ESTUDIOS - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
21/02/2019
Sanción:
15/02/2019
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 5.688, la Resolución N° 41/ISSP/18, la Nota N°
5842713/GCABA/SAISSP/19, el Expediente Electrónico N°
5840093/GCABA/SGISSP/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo
referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, así como para la formulación, implementación y control de las
políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;
Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal
de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de
la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad
ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos
aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así
como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana
de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y
capacidad;
Que la mentada ley establece en el Título VIII "Formación de los aspirantes al Cuerpo
de Bomberos de la Ciudad", Capítulo II "Curso de formación inicial para aspirante a
bombero calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad", artículo 396: "Para egresar
como Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, se debe aprobar
íntegramente el Curso de Formación Inicial para aspirante a Bombero Calificado,
incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias
que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanística del
futuro Bombero", y el artículo 397 dispone: "El contenido del plan de estudios, la
organización de la estructura curricular, los contenidos mínimos exigidos y los
objetivos para el dictado de cada materia, las prácticas profesionalizantes y sus
objetivos, las actividades extracurriculares y de extensión, como así también la
duración y características del cico lectivo, el régimen y modalidad de cursada, el
régimen de evaluaciones y promociones y demás aspectos que hacen al desarrollo del
curso son establecidos por el Instituto Superior de seguridad Pública";
Que en dicho contexto, el Sr. Secretario Académico mediante la Nota N°
5842713/GCABA/SAISSP/19, elevó a consideración la propuesta de realización del
"Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de
Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires";
Que en dicha nota manifiesta que en virtud de la experiencia recogida en el ciclo
lectivo 2018, se presentó la necesidad de actualizar la estrategia didáctica y algunos
aspectos del plan de estudios haciendo hincapié en las exigencias del accionar del
Bombero calificado, los procedimientos y protocolos de actuación, el desarrollo de
aptitudes y valores necesarios para el ejercicio responsable de las funciones y labores,
imcrementando, en tal sentido, las oportunidades de perfeccionamiento técnico y
práctico en los ámbitos que plantea el perfil profesional;
Que se ha elaborado un nuevo proyecto de Curso de Formación Inicial, por lo que será
necesario dejar sin efecto la Resolución N° 41/ISSP/18 que aprobara el "Curso de
Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad de Buenos Aires", vigente durante el Ciclo Lectivo 2018;
Que a la luz de todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente,
a los fines de la aprobación del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero
Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires".
Por ello, en uso de las facultades que son propias,
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución N° 41/ISSP/18 que aprobó el "Curso de
Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad de Buenos Aires", vigente durante el Ciclo Lectivo 2018.
Artículo 2.- Aprobar el "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero
Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires", cuyo programa y
contenidos obran en el Anexo que como IF-2019-6058353-ISSP, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Sr. Secretario de Seguridad, al
Sr. Subsecretario de Emergencias, a la Secretaría Académica, al Departamento de
Formación Inicial y Superior y a la Secretaría General del Instituto Superior de
Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe