RESOLUCIÓN 17 2019 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

DEJAR SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 41-ISSP-18 - APRUEBA - CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTE A BOMBERO CALIFICADO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PROGRAMA - PLAN DE ESTUDIOS - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Publicación:

21/02/2019

Sanción:

15/02/2019

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 5.688, la Resolución N° 41/ISSP/18, la Nota N°

5842713/GCABA/SAISSP/19, el Expediente Electrónico N°

5840093/GCABA/SGISSP/19, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo

referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como para la formulación, implementación y control de las

políticas y estrategias de seguridad pública;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;

Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal

de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de

la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad

ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos

aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así

como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana

de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y

capacidad;

Que la mentada ley establece en el Título VIII "Formación de los aspirantes al Cuerpo

de Bomberos de la Ciudad", Capítulo II "Curso de formación inicial para aspirante a

bombero calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad", artículo 396: "Para egresar

como Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, se debe aprobar

íntegramente el Curso de Formación Inicial para aspirante a Bombero Calificado,

incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias

que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanística del

futuro Bombero", y el artículo 397 dispone: "El contenido del plan de estudios, la

organización de la estructura curricular, los contenidos mínimos exigidos y los

objetivos para el dictado de cada materia, las prácticas profesionalizantes y sus

objetivos, las actividades extracurriculares y de extensión, como así también la

duración y características del cico lectivo, el régimen y modalidad de cursada, el

régimen de evaluaciones y promociones y demás aspectos que hacen al desarrollo del

curso son establecidos por el Instituto Superior de seguridad Pública";

Que en dicho contexto, el Sr. Secretario Académico mediante la Nota N°

5842713/GCABA/SAISSP/19, elevó a consideración la propuesta de realización del

"Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de

Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires";

Que en dicha nota manifiesta que en virtud de la experiencia recogida en el ciclo

lectivo 2018, se presentó la necesidad de actualizar la estrategia didáctica y algunos

aspectos del plan de estudios haciendo hincapié en las exigencias del accionar del

Bombero calificado, los procedimientos y protocolos de actuación, el desarrollo de

aptitudes y valores necesarios para el ejercicio responsable de las funciones y labores,

imcrementando, en tal sentido, las oportunidades de perfeccionamiento técnico y

práctico en los ámbitos que plantea el perfil profesional;

Que se ha elaborado un nuevo proyecto de Curso de Formación Inicial, por lo que será

necesario dejar sin efecto la Resolución N° 41/ISSP/18 que aprobara el "Curso de

Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la

Ciudad de Buenos Aires", vigente durante el Ciclo Lectivo 2018;

Que a la luz de todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente,

a los fines de la aprobación del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero

Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires".

Por ello, en uso de las facultades que son propias,

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución N° 41/ISSP/18 que aprobó el "Curso de

Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la

Ciudad de Buenos Aires", vigente durante el Ciclo Lectivo 2018.

Artículo 2.- Aprobar el "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero

Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires", cuyo programa y

contenidos obran en el Anexo que como IF-2019-6058353-ISSP, forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Sr. Secretario de Seguridad, al

Sr. Subsecretario de Emergencias, a la Secretaría Académica, al Departamento de

Formación Inicial y Superior y a la Secretaría General del Instituto Superior de

Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5564

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 25-ISSP-20 deja sin efecto la Resolución 17-ISSP-19.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 77-SAISSP-19 aprueba el Taller de Convivencia por la Inclusión, destinado a los alumnos del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, aprobado por Resolución 17-ISSP-19.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposicion 283-SAISSP-19 aprueba el Taller de Operador de Bombas contra Incendios, destinado a los alumnos del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, el cual fuera aprobaado mediante la Resolucion 17-ISSP-19.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 17-ISSP-19 deja sin efecto la Resolución 41-ISSP-18.</p>