CIRCULAR 03/12/2003 2003 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS - PRESENTACIÓN CERTIFICADOS DE ESCOLARIDAD FINALIZACIÓN CICLO LECTIVO AÑO 2003

Publicación:

03/12/2003

Sanción:

03/12/2003

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Arts. 30 y 31 de la Ordenanza N° 34.138 -B.M. N° 15.755-, y su modificatoria mediante Ordenanza N° 37.206 -B.M. N° 16.662 (AD.230.900).
Sras. / Sres. Responsables de Personal
Delegados Contables de los D.E.
Responsables Administrativos de Establecimientos Educativos Transferidos
Se les informa algunas aclaraciones respecto a los agentes con derecho a percibir la Asignación por Escolaridad:
1 - La Asignación por Escolaridad corresponde a los siguientes niveles educativos:
l Preescolar (4 y 5 años de edad).
l Escolaridad Primaria.
l Enseñanza General Básica.
l Escolaridad Media ó Superior y Polimodal.
2 - Los agentes deberán acreditar la asistencia regular a los cursos, dentro de los sesenta (60) días de finalizado el presente periodo lectivo, mediante la presentación del Certificado de Escolaridad extendido por el establecimiento educacional al que asiste el alumno/a, el que deberá ser recepcionado, controlado (constatar si corresponde con la escolaridad que percibe) y archivado en la Repartición donde presta servicios el agente.
3 - El Área de Personal comunicará las Bajas de Escolaridad conforme a lo establecido en el Art. 30, Incs. b), c) y d) y Art. 31 de la Ordenanza N° 34.138 (B.M. N° 15.755), y su modificatoria mediante Ordenanza N° 37.206 (B.M. N° 16.662).
4- Para informar dichas novedades deberá utilizarse:
l Formulario C-0466 "Modificación por Escolaridad" (Si.Mu.P.A.): para el personal no docente de Planta Permanente, Autoridades Superiores, Planta de Gabinete y Planta Transitoria, ordenados por Número de Ficha Municipal.
l Formulario C-0467 "Modificación por Escolaridad" (Docentes): para el personal docente en el que se incluyen al personal no docente que figuran y perciben haberes por la planilla de haberes de transferidos, transferibles o terciarios, ordenados por Número de Documento.
Se solicita que las aclaraciones precedentemente descriptas, tengan la mayor difusión posible entre el personal de cada área que Ud./Uds. administran, dado que el tema adquiere gran importancia por su afectación en las liquidaciones de haberes de una cantidad considerable de agentes.
Si les es necesario realizar consultas específicamente sobre este tema, no dude en comunicarse con el responsable del Departamento de Asignaciones Familiares de la Dirección de Liquidación de Haberes de la DGRH, Sra. Sofía Fabián a través de su correo electrónico, cuya dirección es: sfabian@buenosaires.gov.ar, o al teléfono 4323-8000, Int. 4693.

Carlos D. Parisi
Director General

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