RESOLUCIÓN 517 2019 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
SE ESTABLECE NUEVO CUADRO DE TURNOS - FISCALÍAS ESPECIALIZADAS EN VIOLENCIA DE GÉNERO - AÑO 2020 - UNIDAD FISCAL - FISCALÍA GENERAL
Publicación:
06/12/2019
Sanción:
29/11/2019
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, los artículos 5, 17 inciso 7° y 31 inciso 4° de la Ley N° 1903, las Resoluciones
FG N° 181/2018 y N° 250/18 y la Actuación Interna Nro. 30-00058819, y
CONSIDERANDO:
Que, entre las atribuciones y competencias del Fiscal General establecidas por la Ley
1903, está aquella prevista en el artículo 31, inciso 4°, consistente en "Fijar normas
generales para la distribución del trabajo del Ministerio Público Fiscal, y supervisar su
cumplimiento".
Que, conforme el nuevo esquema de reorganización de los Fiscales del fuero en lo
Penal, Contravencional y de Faltas establecido mediante Resolución FG N° 181/2018
y sus modificatorias, se diagramaron las zonas judiciales y se establecieron los nuevos
cuadros de turnos para las fiscalías comunes que actúan ante el mencionado, que
rigen a partir del 1° de julio del pasado año y se extienden hasta el 31 de diciembre de
2020.
Que, a su vez, por Resolución FG N° 250/2018 se hizo lo propio respecto de las
Fiscalías Especializadas en Violencia de Género con un cuadro de turnos que
abarcaba el período comprendido entre el 1° de julio de 2018 hasta el 31 de diciembre
de 2019.
Que, dada la proximidad de su vencimiento, corresponde establecer un nuevo cuadro
de turnos de las Fiscalías Especializadas en Violencia de Género, pero que
comprenda únicamente el año 2020, para unificar finalmente su vencimiento con el de
la totalidad de las fiscalías de primera instancia ante el fuero Penal, Contravencional y
de Faltas, el que se incorpora como ANEXO e integra la presente resolución.
Por ello, y de conformidad a lo previsto por la Ley N° 1903,
ARTÍCULO 1°.- Establecer el nuevo cuadro de turnos de las Fiscalías Especializadas
en Violencia de Género, respecto del año 2020, que se incorpora como ANEXO e
integra la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de Internet
del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; notifíquese a los
Fiscales interesados, y comuníquese al señor Fiscal General Adjunto en lo Penal,
Contravencional y de Faltas, a los Secretarios Generales y Judiciales de este
Ministerio Público Fiscal, por correo electrónico a los/las integrantes del Ministerio
Público Fiscal, al Sr. Defensor General y a la Sra. Asesora General Tutelar del
Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la señora Presidente del
Consejo de la Magistratura, a la Sra. Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo
Penal, Contravencional y de Faltas y por su intermedio a los/las jueces de Primera y
Segunda Instancia del mismo fuero, al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Presidente de la Comisión de Justicia de la
Legislatura, a los Jefes de la Policía de la Ciudad, Policía Federal Argentina,
Gendarmería Nacional Argentina, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad
Aeroportuaria. Cumplido, Archívese. Mahiques