RESOLUCIÓN 99 2020 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
SE ESTABLECE - CUADRO DE TURNOS - FISCALÍAS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS - CASOS INICIADOS EN FLAGRANCIA - ESPECIALIZADAS EN VIOLENCIA DE GÉNERO - FISCALIA GENERAL - 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2021
Publicación:
27/10/2020
Sanción:
23/10/2020
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, los artículos 5, 17 inciso 7° y 31 inciso 4° de la Ley N° 1.903, las Resoluciones
FG Nros. 181/2018, 250/2018, 126/2019 y 517/2019 y la Actuación Interna N° 30-
00065124 del registro de esta Fiscalía General, y
CONSIDERANDO:
Que, entre las atribuciones y competencias del Fiscal General establecidas por la Ley
N° 1.903, está aquella prevista en el artículo 31, inciso 4°, consistente en "Fijar normas
generales para la distribución del trabajo del Ministerio Público Fiscal, y supervisar su
cumplimiento".
Que, por Resolución FG 126/2019 se dispusieron los cuadros de turnos aún vigentes
para las Fiscalías de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas con
atención de casos iniciados en flagrancia.
Que, lo propio se hizo respecto de las Fiscalías Especializadas en Violencia de
Género mediante Resolución FG N° 517/2019, cuya operatividad se extiende, en
ambos casos, hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que, en virtud de su próximo vencimiento, corresponde establecer un nuevo esquema
de turnos para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de
2021, los que se incorporan como Anexos I y II a la presente resolución.
Por ello, y de conformidad a lo previsto por la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y la Ley N° 1.903,
Artículo 1°.- Establecer el cuadro de turnos de las Fiscalías de Primera Instancia en lo
Penal, Contravencional y de Faltas con atención de casos iniciados en flagrancia, para
el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021, que como
Anexo I integra la presente resolución.
Artículo 2°.- Establecer el cuadro de turnos de las Fiscalías Especializadas en
Violencia de Género, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de
diciembre de 2021, que como Anexo II integra la presente resolución.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de Internet del
Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a los
Fiscales interesados, y comuníquese al señor Fiscal General Adjunto en lo Penal y
Contravencional, al señor Fiscal General Adjunto de Faltas, al señor Fiscal General
Adjunto de Gestión, a los Secretarios Generales y Judiciales de este Ministerio Público
Fiscal, por correo electrónico a los/las restantes integrantes del Ministerio Público
Fiscal, al Sr. Defensor General y a la Sra. Asesora General Tutelar del Ministerio
Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al señor Presidente del Consejo de
la Magistratura, al Sr. Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Penal,
Contravencional y de Faltas (y por su intermedio a los/las jueces de Primera y
Segunda Instancia del mismo fuero), al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Presidente de la Comisión de Justicia de la
Legislatura, a la Policía de la Ciudad, a la Policía Federal Argentina, a la Gendarmería
Nacional Argentina, a la Prefectura Naval Argentina y a la Policía de Seguridad
Aeroportuaria. Cumplido, Archívese. Mahiques