DECRETO 447 2019
Síntesis:
SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO - SUBSIDIARIO DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - CAYETANO COLANTUONO - SANCIÓN - CESANTÍA - RESOLUCIÓN 315-MJGGC-17
Publicación:
10/12/2019
Sanción:
06/12/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado según Ley N° 6.017), las Resoluciones Nros. 315-
MJGGC/2017 y 146-MJGGC-2019, los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2014-
6422577-MGEYA-DGSUM y EX-2013-3290105-MGEYA-DGDYPC, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de
reconsideración que fuera oportunamente interpuesto por el señor Cayetano
Colantuono (D.N.I. N° 13.846.839) contra la Resolución N° 315-MJGGC-2017, por
medio de la cual se le aplicó una sanción de cesantía;
Que por Resolución N° 146-MJGGC-2019, del 15 de marzo de 2019, se desestimó el
recurso de reconsideración;
Que el 16 de abril de 2019 se le notificó la posibilidad de mejorar los fundamentos de
su recurso, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, el 24 de abril de2019, el señor Colantuono amplió los términos de su recurso,
solicitando la suspensión del proceso sumarial, planteando una excepción de
caducidad y la mención como hecho nuevo de entender extinguida la acción penal por
prescripción;
Que la presentación efectuada por el recurrente no logra conmover lo decidido por la
Resolución N° 146-MJGGC-2019;
Que la solicitud de la suspensión del proceso sumarial deviene abstracta dado que el
sumario 153/14 se encuentra concluido;
Que a la fecha no ha operado la caducidad en ninguna etapa del procedimiento
administrativo;
Que extinción de la acción penal a la que alude el recurrente carece de elementos
suficientes que permitan tenerla por acreditada, resultando una mera afirmación cuya
relación, además, con el acto administrativo que ordenó su cesantía no permite
deducirse de la presentación en que la invoca;
Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la
Procuración General, corresponde el rechazo del recurso jerárquico subsidiario.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico, subsidiario del recurso de
reconsideración que fuera interpuesto por el señor Cayetano Colantuono (D.N.I. N°
13.846.839) contra la Resolución N° 315- MJGGC-2017.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado, dejando constancia que el presente acto agota la instancia
administrativa, sin perjuicio de lo cual podrán interponer recurso de reconsideración en
los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.017), y para su
conocimiento y demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel