RESOLUCIÓN 606 2019 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

SE APRUEBA - NORMATIVA PARTICULAR DE ESTACIONAMIENTO - ACTUALIZACIÓN NORMATIVA - EXPERIMENTAL - POR 90 DÍAS - SEGURIDAD VIAL - CIRCULACIÓN DEL TRÁNSITO - CALLES - ESTACIONAMIENTO PERMITIDO - PROHIBIDO - ESTACIONAR - AVENIDAS

Publicación:

12/12/2019

Sanción:

09/12/2019

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: La ley N° 2.148, los decretos N° 363/2015; 675/2016 y 498/2008; el

Expediente N° EX-2019-36471490-GCABA-DGTYTRA y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente de referencia tramita un proyecto relativo a la

actualización normativa en materia de estacionamiento, de conformidad con lo

regulado por el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, aprobado mediante Ley N° 2.148 (Texto consolidado por Ley N° 6.017);

Que esta Secretaría de Transporte ha efectuado el análisis correspondiente, a fin de

evaluar la normativa vigente en materia de estacionamiento referente a esta ciudad;

Que, del análisis referido, surge la necesidad de actualizar la normativa particular del

estacionamiento en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en virtud de expuesto, se estima conveniente establecer de forma experimental,

una actualización normativa en materia de estacionamiento que se complemente con

lo que regula en dicha materia, el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley N° 2.148 (Texto consolidado por Ley N°

6.017);

Que mantener actualizada la normativa en materia de estacionamiento colabora en la

preservación de las condiciones de seguridad vial y circulación del tránsito,

manteniendo de esta manera el ordenamiento del mismo y la fluidez vehicular de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 363/2015 y su modificatorio N° 675/2016, aprueba la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que, el Anexo N° II, del decreto N° 675/2016, describe las responsabilidades primarias

de la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y

Transporte, y entre otras, menciona las de: "...Entender en los aspectos relacionados

con el transporte, la circulación peatonal y vehicular, con base en las políticas de

desarrollo económico, ambiental y social de la Ciudad..." como así también

"...entender en la regulación y control del transporte y el tránsito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires...";

Que oportunamente, el Decreto N° 498/2008, designó a la entonces Subsecretaría de

Transporte, como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, como consecuencia de las modificaciones operadas en la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la actual Secretaría

de Transporte, tiene idénticas misiones y funciones que la entonces Subsecretaría de

Transporte;

Que en virtud de lo estipulado en el artículo 1.2.2, inciso a), del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la autoridad de aplicación puede

disponer medidas de carácter transitorio o experimental que contemplen situaciones

especiales, en lo referente a cuestiones de estacionamiento;

Que las medidas dispuestas en uso de la autorización conferida en el artículo

mencionado precedentemente, deben adoptarse por un plazo máximo de noventa (90)

días corridos, conforme así lo establece el artículo 1.2.3, inciso b) del mismo cuerpo

normativo;

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que actualice las

normas particulares de estacionamiento vigentes.

Por ello, en virtud de lo estipulado por el decreto N°498/2008,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase con carácter experimental y por el término de 90 días corridos,

la normativa particular de estacionamiento que como Anexo I (IF-2019-36920209-

GCABA-DGTYTRA), forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Aquellas cuestiones relativas a la normativa particular de estacionamiento

que no fueran reguladas en el Anexo I, aprobado por el Artículo 1° de la presente, se

regirán por lo establecido en el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley N° 2.148 (Texto consolidado por Ley N°

6.017).

Artículo 3°.- La presente entrará en vigencia una vez instalado el pertinente

señalamiento integral (vertical y horizontal).

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a la Dirección General de

Planificación de la Movilidad, a la Dirección General de Tránsito y Transporte, quien

comunicará a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito y Transporte, de

Regulación del Transporte y para su conocimiento, y demás efectos, a la Dirección

General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial; Cumplido,

archívese. Méndez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5760

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 606-SECTRANS-19 aprueba con carácter experimental y por el término de 90 días, normativa particular de estacionamiento, en el marco de lo establecido en el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y Transporte, aprobado por Ley 2148.</p><p>Art. 2 establece que aquellas cuestiones relativas a la normativa particular de estacionamiento que no fueran reguladas en el Anexo aprobado por el Artículo 1° se regirán por lo establecido en el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad.</p>