RESOLUCIÓN 1 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN CONJUNTA 1-MDUYTGC/MH/18 - DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO - SUBSECRETARIA DE FINANZAS - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - GESTIÓN DE PROYECTO - ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO - EVALUACIÓN 

Publicación:

13/12/2019

Sanción:

06/12/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: las Leyes N° 93, 1660 y 5460, el Convenio de Préstamo BIRF 8628-AR, los

Decretos N° 1960/99 y 119/18, las Resoluciones N° 2541/MHGC/16, 3858/MHGC/16 y

1374/MHGC/2018, Resolución Conjunta N° 1/MDUYTGC/18, y el Expediente

Electrónico N° 2018-5.309.041-MGEYA-UPEPH; y

CONSIDERANDO

Que mediante la Ley N° 93 y su Decreto Reglamentario N° 1960/99, se implementó el

Proyecto de Protección contra Inundaciones (PPI), financiado mediante el Convenio de

Préstamo BIRF N°4.117-AR, consistente en la contratación de los servicios de

consultoría necesarios para la formulación del Plan Director de Ordenamiento

Hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires y del Proyecto Ejecutivo para la Cuenca del

Arroyo Maldonado;

Que la Ley N° 1660 autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires a suscribir un Convenio de Préstamo con el Banco Internacional de

Reconstrucción y Fomento (BIRF) para financiar el programa de Gestión del Riesgo

Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, el cual consistió en la ejecución de las obras de

readecuación de la red de desagües pluviales de la Cuenca del Arroyo Maldonado y

demás medidas complementarias resultantes del Proyecto de Protección contra

Inundaciones, que se describen en el Anexo I de la Ley N° 93;

Que la Resolución N° 2541/MHGC/2016 aprobó los términos y condiciones definitivos

del Contrato de Préstamo a ser suscripto por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y del

Contrato de Contragarantía a ser suscripto con el Gobierno Nacional;

Que con fecha 10 de noviembre de 2016 se suscribió el citado Contrato de Préstamo

que tiene por objeto el financiamiento parcial del Proyecto de Asistencia a la Gestión

del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires;

Que en virtud de la Resolución N° 3858/MHGC/16, se encomendó a la entonces

Unidad de Financiamiento con Organismos Multilaterales de Crédito, dependiente de

la Subsecretaria de Finanzas del ex Ministerio de Hacienda, la coordinación de la

ejecución del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires como "Unidad de Coordinación del Proyecto",

asignándole la realización de las tareas que se detallan en el Anexo I de la citada

Resolución;

Que mediante Resolución N° 1374/MHGC/2018 se dejó sin efecto la Resolución N°

3858/MHGC/2016;

Que posteriormente, mediante Resolución Conjunta N° 1/MDUYTGC/2018, se designó

a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Plan Hidráulico, dependiente de la

Subsecretaria de Obras del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte como

"Unidad de Coordinación del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de

Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires";

Que, el Artículo 4° de la Resolución conjunta N°1/MDUYTGC/2018 encomendó a la

entonces Unidad de Financiamiento con Organismos Multilaterales de Crédito,

dependiente de la Subsecretaria de Finanzas, la contratación de las auditorias

previstas en el Componente 3: "Gestión de Proyecto"; Subcomponente: a) "Apoyo a la

gestión del proyecto mediante la realización de auditorías y actividades de seguimiento

y evaluación del Proyecto";

Que el Artículo 5° de la Resolución conjunta N°1/MDUYTGC/2018, encomienda a la

Dirección General de Crédito Público, dependiente de la Subsecretaría de Finanzas

del Ministerio de Hacienda, la registración contable y el procesamiento de los

desembolsos correspondientes;

Que mediante el Decreto N° 119/18 se modificó la estructura orgánico funcional del

Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, en virtud de ello, y a fin de continuar con la coordinación de las acciones de

todas aquellas áreas de gobierno involucradas en los aspectos de la ejecución,

monitoreo y supervisión del Proyecto, resulta necesario modificar el Artículo 4° de la

Resolución Conjunta N° 1/MDUYTGC/2018.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5460 (texto consolidado

por la Ley N° 6.017);

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Y EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

RESUELVEN

Artículo 1°.- Modificase el artículo 4° de la Resolución Conjunta N° 1/MDUYTGC/2018,

el que quedara redactado de la siguiente manera:

"La Dirección General de Crédito Público dependiente de la Subsecretaria de Finanzas

del Ministerio de Economía y Finanzas, contratará la auditoría contable financiera

prevista en el Componente 3: "Gestion de Proyecto"; Subcomponente: a) "Apoyo a la

gestión del proyecto mediante la realización de auditorías y actividades de seguimiento

y evaluación del Proyecto".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General de Crédito Público, a la Oficina de Gestión

Pública y Presupuesto, dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la

Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Plan Hidráulico, dependiente del Ministerio de

Desarrollo Urbano y Transporte. Remítase para su conocimiento y demás efectos, a la

Subsecretaría de Finanzas y cumplido, pase a la Dirección General de Crédito Público

quién notificará al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento los términos de la

presente. Archívese. Mura - Moccia

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 1-MEFGC-MDUYTGC -19, modifica el artículo 4° de la Resolución Conjunta 1/MDUYT/MH/2018.</p>