RESOLUCIÓN 3099 2019 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE APRUEBA PROCEDIMIENTO - EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN - INFORMACIÓN SANITARIA - BASES DE DATOS DEL GCABA - FORMULARIO - EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD - SISTEMA DE SALUD - HISTORIAS CLÍNICAS ELECTRÓNICAS - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
13/12/2019
Sanción:
06/12/2019
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: Las Leyes 3301, 5.669 y 1.845; el Decreto N° 58/2011, y el Expediente N° EX-
2019-36505023- -GCABA-DGDIYDP; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3301 sobre Protección de Derechos de Sujetos en Investigaciones en
Salud establece el régimen para la actividad de investigación en salud con seres
humanos;
Que el artículo 25 del mismo cuerpo legal establece que el Ministerio de Salud de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la autoridad de aplicación de la citada norma;
Que el artículo 2° del Decreto No 58/2011, reglamentario de la Ley No 3301, faculta al
titular del Ministerio de Salud a dictar las normas complementarias y reglamentarias
necesarias para la aplicación de la citada norma;
Que a través de la Ley N° 5.669 se estableció el Sistema Integrador de Historias
Clínicas Electrónicas (SIHCE), a través del cual se promueve la integración y
organización de la información sanitaria de las personas en el territorio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires bajo la Historia Clínica Electrónica (HCE);
Que la Ley N° 1.845 de Protección de Datos Personales establece las pautas que
deben seguir los archivos, registros y bases de datos, a fin de proteger el derecho a la
intimidad de las personas;
Que dicha norma define como "dato personal" a la información de cualquier tipo
referida a personas físicas o de existencia ideal, determinadas o determinables;
Que asimismo la citada Ley, entiende por "datos sensibles" a aquellos datos
personales que revelan "el origen racial o étnico, opiniones políticas, convicciones
religiosas o morales, afiliación sindical, información referente a la salud o a la vida
sexual o cualquier otro dato que pueda producir, por su naturaleza o su contexto,
algún trato discriminatorio al titular de los datos";
Que, en ese orden, y frente a los nuevos desafíos que supone la solicitud de datos de
la HCE con fines de investigación, es necesario establecer el procedimiento que ha de
observarse para estos supuestos, velando por la protección de los derechos de las
personas que resultan titulares de los datos empleados;
Que, en ese orden, es preciso establecer un procedimiento para la evaluación de
proyectos de investigación que soliciten información sanitaria de bases de datos del
GCABA.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 21 y 25 de la Ley N°
3301 y el artículo 2° del Decreto N° 58/GCBA/2011,
Artículo 1°.- Apruébase el "Procedimiento para la evaluación de proyectos de
investigación que soliciten información sanitaria de bases de datos del GCABA" que
como Anexo N° IF-2019-36480080-GCABA-DGDIYDP forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Apruébase el "Formulario para evaluación de factibilidad de investigación
con datos del Sistema de Salud." que como Anexo N° IF-2019-36480025-GCABA-
DGDIYDP forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Bou Pérez