RESOLUCIÓN 277 2019 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
Síntesis:
SE FIJA EL PRECIO DE VENTA DE LA PUBLICACIÓN EXPRESIÓN BUENOS AIRES
Publicación:
20/12/2019
Sanción:
17/12/2019
Organismo:
F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 20 de enero del 2020.
VISTO: Las Leyes Nros. 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y 5.960, la Ley
Tarifaria para el año 2019 N° 6.067, la Resolución N° 12/ENTUR/19 y el expediente
electrónico N° 36.770.193-GCABA-ENTUR/19, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.627, modificada por Ley N° 5.960, se creó el Ente de Turismo de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entidad autárquica, en el ámbito de la
Secretaría General y de Relaciones Internacionales de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires con el objeto de diseñar y ejecutar políticas y programas de promoción,
desarrollo y fomento del turismo como actividad económica estratégica de la Ciudad;
Que en su artículo 3° establece entre sus funciones la de "Diseñar e implementar un
plan de mercadeo y promoción turística de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para
fomentar el turismo interno e internacional" como así también la de "Diseñar e
implementar un plan de mercadeo y promoción turística de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, para fomentar el turismo interno e internacional garantizando los
criterios de sostenibilidad económica, social, cultural y ambiental";
Que asimismo, en su artículo 11, establece como facultad del Presidente del Ente la
de "Comercializar servicios, instrumentos de promoción, entradas, bienes vinculados a
la promoción del turismo cultural y otros elementos publicitarios que el Ente, en
aplicación de sus facultades, considere conveniente, dentro de los objetivos de su
creación";
Que por su parte, la Resolución N° 12/ENTUR/18, estableció entre las
responsabilidades primarias de la Dirección General Comunicación y Promoción
Turística las de elaborar la estrategia de promoción turística, y supervisar la
administración y distribución del material promocional del Ente de Turismo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 148 de la Ley N° 6.067 fija los importes máximos y mínimos a arancelar
para las actividades realizadas en el marco del programa "Ecosistema Turístico"
contemplando dentro del mismo aquellas publicaciones del Ente de Turismo;
Que en ese marco, en cumplimiento de las funciones otorgadas a este Organismo, se
ha estimado oportuno establecer el precio de la publicación denominada "Expresión
Buenos Aires";
Que en tal sentido la Gerencia Operativa Contenidos Multiplataforma, dependiente de
la Dirección General Comunicación y Promoción Turística, ha propuesto el precio para
la citada publicación, expresando las razones de mérito, oportunidad y conveniencia
que lo justifican a través del informe N° IF-2019-36887904-GCABA-DGCPT;
Que en virtud de la autarquía financiera, la competencia en el grado y la materia
asignada por la Ley N° 2.627 es facultad de este Ente fijar el precio de las
publicaciones desarrolladas en su ámbito de competencia, dentro de los parámetros
establecidos por la Ley N° 6.067;
Que, así mismo, resulta propicio fijar el stock inicial, la cantidad de ejemplares que se
destinará a la venta y la cantidad de ejemplares que se reservará para entregarse a
modo cortesía;
Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa Asuntos Legales en el ámbito de
su competencia.
Por ello, conforme las facultades conferidas por la Ley N° 2.627,
Artículo 1°.- Fíjase el precio de venta de la publicación "Expresión Buenos Aires",
cantidad que se ofrecerá a la venta y cantidad que se reservará como obsequio de
cortesía, conforme lo detallado en el Anexo IF-2019-38928725-GCABA-ENTUR de la
presente Resolución, a partir del día 18 de diciembre de 2019.
Artículo 2°- Comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Publíquese en el
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección General
Comunicación y Promoción Turística y a la Dirección General Técnica, Administrativa
y Legal para las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese. Robredo