LEY 6290 2019

Síntesis:

SE APRUEBA CONVENIO - MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN - AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - AUTOPISTAS URBANAS SA - SE DECLARAN INNECESARIOS INMUEBLES - SE AUTORIZA DISPOSICIÓN - FINANCIAMIENTO DE OBRAS - VIADUCTOS FERROVIARIOS 

Publicación:

23/12/2019

Sanción:

05/12/2019

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

19/12/2019


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio suscripto entre el Ministerio de Transporte de la

Nación, la Agencia de Administración de Bienes del Estado, el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y Autopistas Urbanas S.A., registrado en esta Jurisdicción

bajo el N° RL-35551010-2019-DGEGRAL, cuya copia se adjunta como ANEXO I de la

presente, y el Boleto de Compraventa correspondiente, registrado en esta Jurisdicción

bajo el N° RL-37047384-2019- DGEGRAL, cuya copia se adjunta como ANEXO II.

Art. 2°.- Decláranse innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y autorízase la disposición por parte del Poder Ejecutivo de los

inmuebles individualizados en el ANEXO III de la presente.

Art. 3°.- El producido de las disposiciones que se realicen tendrá como destino el

financiamiento de obras de infraestructura de salud y educación, transporte y servicios,

equipamiento social, espacios públicos, soluciones hidráulicas, vivienda social,

promoción del alquiler social y reurbanización de barrios vulnerables.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5767 ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5767ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5767ANEXO III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Artículo 1° de la Ley N° 6290 aprueba el Convenio suscripto entre el Ministerio de Transporte de la Nación, la Agencia de Administración de Bienes del Estado, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Autopistas Urbanas S.A..</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Ley N° 6290 aprueba Convenio en el marco de la Ley N° 2818.</p>
PROMULGADA POR